La Justicia de Mar del Plata condenó a un banco a indemnizar a una clienta con más de 26 millones de pesos más intereses, luego de comprobarse que fue víctima de un fraude electrónico y que la entidad no cumplió con los deberes de seguridad y prevención frente a operaciones sospechosas.
El fallo fue dictado por el Juzgado Civil y Comercial N°4, que consideró que la entidad bancaria incumplió sus obligaciones de control y protección del usuario ante maniobras de fraude digital.
Cómo comenzó el fraude
Según la denuncia presentada por la mujer, el 29 de julio de 2023 recibió un correo electrónico falso que simulaba ser del banco, en el que se le pedía ingresar su clave token para evitar el supuesto bloqueo del homebanking.
La clienta explicó que tras ingresar la clave el sistema mostró un error, por lo que no advirtió que se trataba de una maniobra de phishing.
Sin embargo, dos días después se realizaron transferencias no autorizadas por un total de 3.731.000 pesos desde sus cuentas hacia otro destinatario.
La víctima sostuvo que nunca autorizó esas operaciones, y además señaló que el monto transferido superaba el límite diario permitido para su cuenta.
A pesar de realizar reclamos y enviar cartas documento, el banco nunca restituyó el dinero, por lo que decidió iniciar una demanda judicial.
La defensa del banco
Durante el proceso, la entidad bancaria argumentó que su sistema de seguridad funcionaba correctamente y sostuvo que las transferencias se habían realizado utilizando el usuario, las claves y el token de la propia clienta.
Por ese motivo, el banco aseguró que el fraude se habría producido porque la mujer entregó sus datos confidenciales a terceros.
Qué determinó la Justicia
Sin embargo, en la sentencia se concluyó que el correo recibido era un claro caso de phishing, es decir, una suplantación de identidad para engañar a la víctima.
Además, se comprobó que las transferencias se realizaron desde direcciones IP distintas a las habituales de la usuaria, con movimientos rápidos y por montos elevados hacia un destinatario desconocido.
Para el juez Martín Zambecchi, esas irregularidades debieron haber sido detectadas por los sistemas de seguridad del banco.
El magistrado consideró que la mujer debía ser tratada como consumidora, por lo que aplicó la Ley de Defensa del Consumidor, que establece un deber de seguridad reforzado para las entidades financieras en operaciones digitales.
La indemnización
En su resolución, el juez condenó al banco a pagar 26.708.950,45 pesos más intereses y costas judiciales.
La suma incluye la restitución del dinero perdido, el daño moral por la angustia e incertidumbre que sufrió la víctima y un daño punitivo aplicado a la entidad financiera.
GENERAL JUAN MADARIAGA El Tiempo

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