Un fallo considerado histórico en la Justicia Civil y Comercial de Dolores responsabilizó a la empresa concesionaria del corredor vial por un choque múltiple ocurrido en 2013 sobre la Ruta 2, en el tramo entre Chascomús y Lezama.
La sentencia fue dictada por el Juzgado N° 3 y favoreció a una mujer de Chascomús que resultó gravemente herida en el siniestro, donde una densa nube de humo —producto de la quema de pastizales en la banquina— redujo completamente la visibilidad y desencadenó una colisión en cadena que involucró a 29 vehículos, dejando además dos víctimas fatales.
La víctima viajaba por motivos laborales en un Peugeot 207 cuando fue embestida, sufriendo lesiones que derivaron en secuelas físicas y psicológicas. Tras fracasar instancias extrajudiciales, inició una demanda que finalmente obtuvo resolución favorable.
Durante el proceso, la concesionaria intentó desligar responsabilidades argumentando que el incendio se había originado en terrenos ferroviarios cercanos y que el hecho respondía a imprudencias de los conductores. Sin embargo, el juez rechazó esos planteos y sostuvo que la presencia de humo en rutas rurales es un riesgo previsible, por lo que la empresa debía actuar preventivamente.
El fallo remarcó el incumplimiento del deber de seguridad, señalando la ausencia de controles adecuados sobre la visibilidad y la falta de medidas como la interrupción del tránsito ante condiciones de peligro.
Para fundamentar la decisión, se aplicaron criterios de la Ley de Defensa del Consumidor, entendiendo que existe una relación de consumo entre el usuario y la concesionaria, lo que implica garantizar condiciones seguras de circulación de forma permanente.
Las pericias confirmaron que la mujer sufrió múltiples traumatismos y un cuadro de estrés postraumático que afectó su vida laboral y social, requiriendo tratamientos prolongados.
Finalmente, la Justicia ordenó el pago de una indemnización actualizada de 7.600.000 pesos por daños físicos, morales y materiales, incluyendo gastos médicos y la desvalorización del vehículo.
Además, se rechazaron los reclamos contra terceros, al determinar que la responsabilidad principal recae en quien administra la traza vial.
El fallo sienta un precedente clave en la provincia de Buenos Aires, al reforzar que el pago de peaje implica el derecho a transitar en condiciones seguras y la obligación de las concesionarias de garantizarlo.
GENERAL JUAN MADARIAGA El Tiempo

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