La aerolínea Iberia fue condenada a pagar más de 24 millones de pesos a una mujer argentina por utilizar fotografías suyas en su sitio web institucional sin autorización. Así lo resolvió el juez Heber Amalfi, titular del Juzgado Civil y Comercial N.º 1 de Mar del Plata, en un expediente que llevó 15 años de trámite.
Según la causa —a la que accedió La Nación— la denunciante, identificada con las iniciales M.F.D. y que, según testigos, sería profesora de danza, descubrió en 2010 que la aerolínea española había publicado imágenes personales suyas en distintas secciones de su página oficial, incluidas las relacionadas con vuelos desde Buenos Aires.
La mujer explicó que las fotografías habían sido tomadas a título personal, sin fines comerciales, y que inicialmente creyó que la publicación era un error aislado. Sin embargo, con el tiempo verificó que seguían siendo utilizadas reiteradamente por la compañía aérea. Ante la consulta del medio, Iberia evitó hacer declaraciones.
En la causa consta que la denunciante intentó comunicarse con la empresa “sin obtener respuesta”. En 2020 recurrió a una escribana para certificar que las imágenes continuaban online en el dominio de Iberia. En 2021 inició una mediación prejudicial, pero no se llegó a ningún acuerdo.
El fallo
En diciembre de 2022, la aerolínea alegó que las imágenes habían sido adquiridas a través de Getty Images por 35 euros. Pero el juez consideró que Iberia no pudo acreditar la compra ni la licencia de uso correspondiente.
Incluso, en una audiencia de 2023, el apoderado de la firma reconoció que las fotografías seguían siendo usadas en la web y que jamás existió un contrato con la mujer retratada.
El juez sostuvo que no hubo consentimiento ni autorización para el uso de la imagen, configurando una violación al artículo 53 del Código Civil y Comercial, que exige permiso expreso para captar o reproducir la imagen de una persona, con solo tres excepciones específicas que no se aplican en este caso.
El magistrado también mencionó la protección al retrato prevista en el artículo 31 de la Ley 11.723, que prohíbe poner en el comercio la fotografía de una persona sin su consentimiento.
La condena
En consecuencia, Amalfi hizo lugar a la demanda por daños y perjuicios y ordenó que Iberia pague $24.110.000, más intereses, dentro de los 10 días hábiles posteriores a que la sentencia quede firme.
La resolución remarca que la empresa vulneró el derecho a la imagen, un bien personal protegido por la legislación argentina, al no contar con la autorización de la mujer ni con pruebas válidas de haber adquirido el derecho de uso.
GENERAL JUAN MADARIAGA El Tiempo

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