La fiscal federal de La Plata con competencia electoral,
Laura Roteta, se pronunció sobre el nuevo orden en la lista de candidatos a
diputados nacionales por la provincia de Buenos Aires de La Libertad Avanza y
opinó que Diego Santilli no debe encabezar la lista tal como propuso el
Gobierno nacional. Ahora debe definir el juez Alejo Ramos Padilla.
Según pudo saber Clarín de fuentes judiciales, la
representante del Ministerio Público Fiscal entiende que Santilli no tiene que
ser el primer candidato de la lista tras la renuncia de José Luis Espert, en
función de la “interpretación que hay que hacer desde una perspectiva
constitucional sobre el principio de igualdad de género”.
La segunda en la lista de La Libertad Avanza para las
elecciones del 26 de octubre en la provincia de Buenos Aires es la exmodelo
Karen Reichardt. Para algunos sectores políticos y judiciales, debería ser ella
y no Santilli quien encabece, corriendo todas las candidaturas un casillero
para arriba.
La presentación del Gobierno
Los abogados del oficialismo Alejandro Carrancio, Juan Osaba
y Luciano Gómez Alvariño se presentaron este lunes a las 13:30 ante el juzgado
de Ramos Padilla, tras los anuncios realizados por Espert el domingo por la
tarde desde las redes sociales.
En el escrito hay dos planteos concretos: por un lado, el
pedido de aceptación de Santilli como reemplazante de Espert y en segundo
término, la solicitud de reimpresión de la Boleta Única que se utilizará el 26
de octubre. Este último aspecto lo resolverá la Junta Electoral Nacional
Distrito Buenos Aires.
En relación al primer aspecto, es competencia exclusiva del
juez federal de La Plata la resolución sobre el reemplazo que propone La
Libertad Avanza, es decir, respecto a si corresponde o no que Santilli.
Por ese motivo, el magistrado pidió previo a resolver la
opinión de la representante del Ministerio Público Fiscal.
La Libertad Avanza sostiene que Santilli debe encabezar la
lista en función del decreto de promulgación de las reformas al Código Nacional
Electoral, que en su artículo 7 indica que cuando un “precandidato o
precandidata o un candidato o candidata oficializado u oficializada falleciera,
renunciara, se incapacitara permanentemente o fuera inhabilitado por cualquier
circunstancia antes de la realización de las elecciones” será reemplazado “por
la persona del mismo género que le sigue en la lista”.
Sin embargo, el Ministerio Público Fiscal entiende que esa
interpretación no es correcta. Fuentes judiciales explicaron a Clarín que el
Artículo 7 del Decreto Reglamentario sobre Paridad de Género en cargos de
representación política, contempla la “discriminación positiva a favor de las
mujeres”. Es decir: para la fiscal, corresponde que Reichardt, la segunda en el
lista, sea ella quien encabece la lista.
“Ante la renuncia del primer candidato de la lista de
Diputados/as nacionales por la Provincia de Buenos Aires (y de dos candidatas
mujeres más), no corresponde poner a otro varón en el primer lugar como pidió
la alianza. En cambio, se propone el corrimiento “natural” de la lista: sube la
persona que estaba segunda, una mujer, y así sucesivamente, manteniendo la
alternancia mujer-varón que ya tenía -y que por ley debe tener- la nómina
original”, señaló la fiscal.
Al momento de justificar porqué se dictaminó de esa manera,
se señaló que la Constitución Nacional (art. 37) en su conjunto (como bloque de
constitucionalidad: Convención CEDAW y Belém do para) “establece la necesidad
de que los Estados tomen medidas afirmativas para garantizar la igualdad real
de representación política de las mujeres. Por eso las reglas que contienen la
ley de Paridad de Género (plasmadas en el art. 164 del Código Nacional
Electoral y en el mismo sentido el art. 7 del decreto 171)”.
Ese conjunto de normas reglamentan “ cómo deben hacerse los
reemplazos en casos de vacancias, deben interpretarse como una acción
afirmativa para garantizar esa igualdad de género”.
En este sentido, señaló la fiscal Roteta que las reglas de
paridad que establecen “cómo deben configurarse las listas no son un trámite
formal y burocrático (para que las mujeres continúen relegadas con candidaturas
meramente testimoniales), sino reglas que existen para corregir desigualdades
estructurales e históricas y asegurar que las mujeres tengan oportunidades reales
de ocupar cargos”.
Bajo esa misma argumentación, señaló que “eeemplazar a un
varón renunciante por otro varón en el primer lugar vaciaría de sentido ese
objetivo y ampliaría la brecha que la ley busca achicar. Implicaría tolerar que
el remedio (paridad) se vuelva en contra del propio colectivo protegido“.
Por eso, dictaminó la representante del Ministerio Público,
“cuando la situación contraría el espíritu de la ley, es decir, cuando no
beneficia al colectivo vulnerado que se intenta proteger la interpretación de
que tiene que subir el varón del tercer lugar al primero podría representar una
perspectiva desfavorable hacia las mujeres”.
La solución que respeta el espíritu de paridad de estas
leyes, “conforme los principios constitucionales, es priorizar a la titular
mujer que ya estaba en el puesto”, expresó..
Según la información a la que accedió Clarín, la fiscalía
consideró que hacer lugar al pedido de LLA sería “desconocer el criterio”
implementado en otras circunstancias al contemplar el Artículo 7 que responde a
“acciones afirmativas y concretas para revertir situaciones de desigualdad
estructural de las mujeres en la participación política del país para ocupar
cargos electivos, en este caso legislativos".
En la Cámara Nacional Electoral hay
jurisprudencia al respecto. Un voto de 2019 del juez Alberto Dalla Vía se había
pronunciado de la siguiente manera: “la aplicación directa de la pauta de
sustitución por personas del mismo género no puede utilizarse sin considerar su
contexto constitucional, las particularidades de cada distrito y, agregamos
aquí, las particularidades de cada caso”.
No es el único antecedente que citó la fiscal Roteta en su
dictamen frente al cual debe responder el juez Ramos Padilla.
En esa misma línea, la representante del Ministerio Público
recordó otro escrito de 2024 donde explicó este tipo de normativas que velan
por la paridad de género, implican “acciones afirmativas tendientes a reparar
desigualdades estructurales entre varones y mujeres” no pueden resultar “como
una regresión para, justamente, los derechos que pretende promover, desarrollar
y expandir”.
El listado que rechaza la fiscal
El orden propuesto por La Libertad Avanza y que rechazó la
fiscal Roteta es que a través del corrimiento ascendente Diego Santilli sea el
reemplazo de Espert, y después el resto de los candidatos varones de forma
ascendente, así como las mujeres para alternarlos y que no queden dos mujeres
seguidas en la boleta.
Para que esto ocurra, LLA había argumentado en el escrito
dos modificaciones en el orden que aprobó y oficializó la justicia electoral:
Lucía Bernardoni ocupará el puesto 34 y María Gabriela Gobea el quinto puesto.
La lista presentada y que podría peligrar es la siguiente:
Diego Santilli, Karina Vázquez (el apellido real de Reichardt), Sebastián
Pareja, Gladys Humenuk, Alejandro Carrancio, Johanna Longoria, Alejandro
Finocchiaro, Miriam Niveyro, Sergio "Tronco" Figliuolo, Gisela
Castelnuovo, después continúa el listado.



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