El Ministro de Justicia de la Nación, Mariano Cúneo
Libarona, adelantó que buscarán declarar imprescriptibles los delitos sexuales
en la reforma del Código Penal que impulsa el Gobierno.
“Los delitos sexuales no deberían prescribir. Para evitar
este tipo de injusticias, en el nuevo Código Penal que enviaremos al Congreso,
propondremos la imprescriptibilidad de los delitos sexuales”, escribió el
funcionario en su cuenta de X.
La publicación del ministro se da luego de conocerse el
polémico fallo de la Corte Suprema que sobreseyó al exsacerdote Justo José
Ilarraz, condenado a 25 años de prisión por abusar de seminaristas durante su
función como prefecto de disciplina en el Seminario Menor de Paraná, en Entre
Ríos.
Con la firma de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y
Ricardo Lorenzetti, el máximo tribunal declaró la prescripción de la acción
penal, ya que los hechos ocurrieron entre 1985 y 1993 y fueron denunciados
recién en 2012.
Las víctimas, que al momento de la denuncia contaban con
entre 33 y 37 años, relataron que los hechos ocurrieron en el Seminario
Arquidiocesano de Paraná, donde el imputado se desempeñaba como Prefecto de
Disciplina del Seminario Menor.
Los jueces sostuvieron que los hechos fueron “aberrantes”,
pero no suficientes para declararlos como delitos de lesa humanidad y que no
prescriban.
“Ilarraz ha sido sometido a proceso y condenado por hechos
presuntamente ocurridos entre 1988 y 1992, es decir, más de 19 años antes de la
presentación de la denuncia penal y 32 años antes del dictado de la presente
sentencia. Por lo tanto, de acuerdo con la norma legal aplicable, ante la
ausencia de supuestos de suspensión o interrupción del curso de la
prescripción, es evidente que la acción penal en su contra está prescripta
—cuanto menos— desde el año 2005”, dijo la Corte.
El caso Ilarraz
Justo Ilarraz fue prefecto de Disciplina en el Seminario
Menor de Paraná. Se lo acusó de haber corrompido a siete varones de entre 12 y
14 años entre 1985 y 1993, mientras fue guía espiritual de los chicos y
adolescentes que entraban al Seminario con vocación religiosa.
Eran en su mayoría hijos de familias campesinas y de
profunda fe que los internaban allí con la ilusión de que se convirtieran en
sacerdotes.
En septiembre de 2012, la revista Análisis de Paraná reveló
los abusos cometidos por el cura. Se abrió entonces una causa penal, de oficio.
La investigación judicial llevó casi seis años y hubo que
decidir si la causa estaba prescripta.
El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos sostuvo que
la gravedad de los hechos y el contexto de subordinación de las víctimas
justificaban aplicar criterios internacionales que excluyen a estos delitos de
la prescripción.
Sin embargo, esto fue rechazado por la Corte Suprema.




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