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La gente que fume en los balnearios deberá pagar una multa de 62.000 pesos



El Concejo Deliberante se encamina a aprobar una ordenanza para prohibir fumar en balnearios y espacios turísticos concesionados, luego de que el oficialismo logrará superar las dos primeras comisiones donde el expediente fue tratado. Según los cálculos, los cambios al proyecto impulsado por la radical Marianela Romero podrían transformarse en ordenanza en breve, ya que solo resta la aprobación de la Comisión de Legislación. Con el nuevo escenario, los infractores quedarán expuestos a afrontar multas que podrían llegar hasta a los 62 mil pesos.

El expediente presentado por la UCR apunta principalmente a la modificación de la Ordenanza 20.104, sancionada en 2010 con el fin de reducir al mínimo los efectos nocivos del humo de tabaco, en un marco de un avance sostenido de nuevas prohibiciones para fumadores. Pero también plantea cambios al sistema de multas por fumar en lugares no habilitados, con la incorporación de nuevos artículos al Código Contravencional.

Para aquellas personas que sean sorprendidas por los inspectores fumando en balnearios privados y Unidades Turísticas Fiscales (UTF), las multas irán desde los $6.201 a $62.014. Ese número surge de la fórmula que se aplica para establecer cualquier clase de multa económica, donde se pautan porcentajes de un total que se fija en relación a 100 salarios mínimos del personal municipal. Actualmente, ese salario es de $41.343,15, por lo que la referencia se ubica en $4.134.315.

Las multas por fumar o sostener tabaco encendido irán del 0,15% al 1,5%, el margen sobre el cual está habilitado a moverse la Justicia de Faltas. Ese mismo monto, como así también una sanción menor de apercibimiento, se aplicará a quienes fumen en plazas y paseos públicos donde existan áreas para chicos o se desarrollen deportes, una contravención que ya rige actualmente.



Más duras serán las multas para quienes fumen en espacios cerrados, una restricción que rige desde 2010 en Mar del Plata. Las sanciones irán de $20.671 a $124.029 (0,5 a 3%), aunque también se habilita un apercibimiento.

Una de las novedades es que las sanciones no serán solo para el fumador, sino también para el establecimiento público o privado en el que se encontraren las personas fumando. Las multas económicas también irán de $20.671 a $124.029, aunque además se propone un castigo aún más fuerte, con la posibilidad de una clausura de hasta 30 días.

Incluso, también habrá consecuencias para los establecimientos que no posean cartelería señalética, delimitación de zonas o libro de quejas, entre otros instrumentos. La clausura aquí podrá ser de hasta 15 días, y las multas desde $16.537 a $103.357 (0,4 al 2,5%).

De aprobarse, con estas incorporaciones al Código Contravencional se dejaría atrás el anterior sistema de multas, donde todas las infracciones contemplaban sanciones económicas de un monto equivalente a entre 250 y 1000 paquetes de 20 cigarrillos del mayor precio comercializado en el país. La norma data de la época donde el precio estaba regulado por el Estado, por lo que si ahora se tomaran como referencia los precios sugeridos por los distribuidores, las multas irían de 117 mil a 470 mil pesos.




 


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