La jueza
Federal Gabriela Marrón rechazó en durísimos términos una serie de medidas de
prueba en el marco de la investigación por la muerte de Facundo Astudillo
Castro. Y no sólo eso: ordenó investigar al adiestrador Marcos Herrero
–contratado por la querella– por los irregulares hallazgos de “amuletos”
-supuestamente del joven- en el destacamento de Origone y en un patrullero de
Bahía Blanca.
Los
fiscales Azzolín y Heim, que se sumaron en las últimas semanas a la
investigación, habían solicitado allanamientos, secuestros de decenas de
teléfonos celulares y otras diligencias. La magistrada los negó con
contundentes párrafos al entender que no había elementos para tales pedidos:
“las medidas no se pueden hacer ‘por las dudas para ver qué encontramos’. La libertad
de producir prueba no resulta una patente de corso para aventuras o
intromisiones en la vida de las personas, sus papeles, sus comunicaciones, su
privacidad, ni habilita prácticas de injerencias ilegítimas”.
“El
estado de perplejidad de los fiscales –continuó– sobre las supuestas conductas
sospechosas no parece orientarse a buscar la verdad –qué fue lo que le paso a
Facundo en el lugar y momento de su muerte- sino solamente a compeler la
responsabilidad policial en el evento. La prueba debe ser presentada, debe ser
ofrecida al interior de un relato de una historia que la fiscalía no esboza, se
limita a indicar la teoría jurídica –desaparición forzada- con elementos
generales y abstractos que no hacen coincidir con hechos concretos de la causa,
no identifica en el caso qué conductas desplegadas por la policía importaron la
realización de los elementos objetivos del tipo penal seleccionado. La prueba
debe ordenarse al servicio de la versión para la cual está siendo ofrecida y
esto no puede habilitar a inventarla, fabricarla o tergiversarla”.
“En
síntesis –suma- disiento con los acusadores públicos en el valor que le otorgan
a la prueba invocada. La presentación no se funda en evidencia sino en
suposiciones las que no alcanzan para sostener la validez de las medidas que
solicitan. Además, el dictamen omite el análisis de muchos otros elementos:
testimonios, informes, pericias, etcétera. El resultado de la autopsia es una
prueba científica, que ha sido contundente en varios aspectos. Las teorías que
avizoran o expresan los titulares de la acción penal pública no se condicen ni
se conectan con las conclusiones de la autopsia, ni con el resto de la prueba”.
Más
adelante Marrón agregó que “la actuación del Ministerio Público Fiscal, más
allá del rol que representa, también tiene que ajustarse a parámetros como el
estado de inocencia, la carga probatoria, los avances sobre los derechos
personales y la protección de todas las garantías en la búsqueda de la verdad.
El fin no justifica los medios. Mi rol es también y por sobre todas las cosas
defender la Constitución Nacional. Las reglas que fundan la presente decisión
no son más ni menos que el núcleo básico del debido proceso y el respeto a los
DDHH”.
Por
último, la jueza señaló que “no escapa al tribunal los abusos policiales
cometidos por la Policía de la Provincia, que son muy graves y que deben ser
investigados. Las personas involucradas en el pedido fiscal pertenecen a esa
fuerza de seguridad, lo que no admite hacer caer sobre ellos todo el
desprestigio de la fuerza a la que pertenecen, sólo deben dar cuenta de sus
acciones frente a una imputación penal válida, no debemos abrir las puertas a
la persecución y la venganza. No pueden ser chivos expiatorios. El reclamo
social es entendible. Es fácil para la sociedad creer que haya sido la policía.
Pero el juez del caso necesita pruebas. Perseguir a esas personas o invadir su
intimidad sin pruebas, porque son policías, por su condición, es aplicar el
Derecho Penal de Autor. Ser policías no los vuelve delincuentes ni culpables.
De este modo se reeditaría una persecución de clase inaceptable en la evolución
democrática de nuestro país”.




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