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Acusó falsamente a una clienta de robarle dinero por Facebook y la Justicia la condenó a pagar $2.450.000

Una comerciante de Puerto Madryn, Chubut , acusó a una mujer de haberle robado $200.000 mediante la clonación de su tarjeta de débito y difundió su identidad en Facebook. La publicación se compartió unas 350 veces, generó cientos de comentarios y terminó en una demanda judicial porque la acusación nunca pudo ser demostrada.

El conflicto llegó a la Cámara de Apelaciones de Puerto Madryn, que confirmó una condena contra la responsable de los posteos. La mujer deberá pagar $2.450.000 más intereses y publicar una rectificación durante 15 días en la misma red social donde había realizado las acusaciones.

La historia comenzó cuando la dueña de un comercio de indumentaria descubrió que habían desaparecido fondos de su cuenta bancaria. Según explicó, una billetera virtual le proporcionó información que la llevó a sospechar de otra mujer .

Sin esperar una resolución judicial, decidió publicar en su perfil personal de Facebook y en la cuenta comercial de su negocio el nombre, apellido y una fotografía de la persona a la que responsabilizaba por el supuesto robo.

La publicación alcanzó alrededor de 350 compartidos y recibió más de 200 comentarios , algunos de los cuales incluían propuestas de escraches y represalias contra la señalada.

Al día siguiente, la comerciante volvió a publicar y llamó “chorra” a la mujer. Además, escribió una amenaza: “Te voy a arruinar” .

La acusación también llegó a la Justicia penal. La Fiscalía ordenó un allanamiento en la vivienda de la denunciada y, ante la ausencia de pruebas que respaldaran la acusación, la afectada presentó una demanda por daños y perjuicios.

El 19 de marzo de 2026, el Juzgado Civil y Comercial N° 1 de Puerto Madryn hizo lugar a la demanda y condenó a la comerciante a pagar una indemnización.

El monto se dividió de la siguiente manera:

La víctima apeló porque consideraba insuficiente la indemnización y solicitó que la rectificación también se difundiera en diarios impresos .

En septiembre de 2026, la Cámara de Apelaciones de Puerto Madryn, integrada por los jueces Heraldo Enrique Fiordelisi y Julián Emil Jalil , confirmó la condena de primera instancia.

Los magistrados consideraron que las medidas de reparación debían guardar proporción con el medio utilizado para difundir las acusaciones.

Finalmente, rechazaron el pedido de publicar la rectificación en periódicos y de exigir disculpas personales. Además, mantuvieron la indemnización de $2.450.000 más intereses y dispuso que la demandante afrontara las costas de la apelación que había presentado.


Fuente: TN


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