
La Corte Suprema de Justicia rechazó los planteos de la defensa de Cristina Kirchner y los demás condenados de la causa Vialidad que se oponían a que les decomisen los bienes. De esta manera, quedó firme la cifra total que deberán devolver por la causa de corrupción: en total serán $685.000 millones.
Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti declararon inadmisibles los reclamos interpuestos por la ex Presidenta, Lázaro Báez, Nelson Periotti, entre otros, a través de los cuales se oponían al sistema de actualización del decomiso fijado en la causa Vialidad.
"Que el recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, es inadmisible. Que "…cabe poner de relieve -a fin de evitar interpretaciones erróneas acerca del alcance de los fallos de la Corte Suprema- que la desestimación de un recurso extraordinario mediante la aplicación de dicha norma no importa confirmar ni afirmar la justicia o el acierto de la decisión recurrida", explicó el máximo tribunal.
Es por este motivo que se "desestima la presentación directa" quedando, de esta manera, firme el monto que se había fijado en concepto de decomiso y frente al cual, los nueve condenados del caso Vialidad, deben responder de forma solidaria.
En el caso se analizaron los 51 procesos licitatorios a través de los cuales Lázaro Báez fue adjudicatario del 86% de las obras viales que desde 2003 a 2015 el Estado nacional financió en la provincia de Santa Cruz.
El agravante es que el Grupo Austral cobró sobreprecios del 64% y la mitad de las rutas intervenidas quedaron abandonadas pese a que los contratos se pagaron. El ex socio comercial de Cristina Kirchner fue adjudicatario bajo mecanismos irregulares: circuitos de pagos exclusivos, sobreprecios promedio del 65%, con procesos simulados de competencia, entre otros.
El debate oral y público comenzó con un perjuicio que ascendía a 46.000 millones de pesos. Sin embargo, el 6 de diciembre de 2022 el Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2) integrado por los jueces Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso, establecieron que el fraude cometido con aquel mecanismo de corrupción era de 85.000 millones de pesos.
El TOF 2 entendió -sin embargo-, que era un beneficio imposible de cuantificar para quienes lo usufructúan -sobre todo con el paso del tiempo-, de “índole claramente financiero y cuya existencia resulta, a todas luces, incontrovertible. La contracara, y que aquí nos interesa resaltar, es que el Estado Nacional precisamente renunciaba a ese beneficio totalmente intangible e incuantificable y se lo transfería a un empresario privado”.
Estos beneficios indebidos que recibió Báez, “cuya traducción en un monto dinerario determinado resultó imposible de medir”, expresaron los jueces, “no deben soslayarse, ya que su consideración resulta indispensable para comprender la extensión del daño causado”.
En función del entramado de corrupción, se solicitó al Cuerpo de Peritos de la Corte que actualice el monto del decomiso. La cifra de base fue $ 84.835.227.378,05, y la actualización determinó que la maniobra defraudatoria que le significó a la ex mandataria su primera condena por corrupción, era de $ 684.990.350.139,86.
Ese es el valor que dejó firme la Corte Suprema de Justicia al rechazar los recursos extraordinarios que discutían el sistema de actualización y en definitiva, la cifra a devolver como resultado del decomiso de bienes.
La defensa de la ex Presidenta discutía la metodología utilizada por los peritos contables para llegar a los 685.000 millones de pesos.
El último fallo de la Cámara de Casación convalidó el criterio aplicado por el TOF 2 quien -a pedido del fiscal general Diego Luciani-, ordenó el decomiso de 111 bienes (85 de Lázaro Báez, 20 de la familia Kirchner y los restantes se dividen entre los otros condenados).
Con ese fallo también obtuvo respaldo un criterio central que fijó el TOF 2 responsable de ejecutar la pena: todos los bienes incorporados al patrimonio de los condenados entre 2003 y 2015, serán plausibles de ser decomisados. Durante ese tiempo se desarrolló la maniobra defraudatoria.
La decisión de este jueves, de la Corte allana el camino para la instancia definitiva: la ejecución patrimonial de ese listado de bienes muebles e inmuebles. Será el propio máximo tribunal el que se constituya en titular de todas las propiedades, determinando el destino y utilidad que se la asignará a cada uno.
Aquellas casas, locales, terrenos, vehículos, que no sean funcional al Poder Judicial, podrán ser ejecutados en un remate público.
Hay una segunda tanda de bienes a decomisar cursado por el fiscal Luciani que incluye 144 propiedades, entre ellas el departamento de San José 1111 donde Cristina Kirchner cumple el arresto domiciliario. Además, se pidió el decomiso de los 5 millones de dólares que pertenecen a Florencia Kirchner.
A la hora de detallar cómo se procedió en el revalúo impositivo y contable, se indicó: “en su parte pertinente, pone en vigencia la aplicación del indice de precios al consumidor nivel general (IPC) que suministre el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) en reemplazo del índice de precios internos al por mayor (IPIM), sustitución establecida por art. 2º de la Ley N° 27.468 Β.Ο. 4/12/2018”.
En definitiva, se planteó “de acuerdo con las consideraciones precedentemente expuestas, para efectuar el cálculo de marras, se tomará el último índice de precios al consumidor publicado por el INDEC al 26/6/2025 (mayo de 2025) y al 6/12/2022 (noviembre de 2022)”.
Los guarismos consignados correspondientes al INDEC “ingresando en el archivo Excel contenido en "Series históricas IPC Índice de precios al consumidor con cobertura nacional" "Indices y variaciones porcentuales mensuales e interanuales según divisiones de canasta, bienes y servicios, clasificación de grupos. Diciembre 2016- Mayo 2025" y específicamente “la solapa "Indices IPC Cobertura Nacional", tomando la totalidad de los decimales que surgen abriendo el casillero del indice respectivo”.
Se concluyó que “el importe actualizado requerido, de acuerdo con los parámetros y metodología descriptos ut-supra, asciende a $ 684.990.350.139,86, es decir el quantum de seiscientos ochenta y cuatro mil novecientos noventa millones, trescientos cincuenta mil ciento treinta y nueve pesos con ochenta y seis centavos”.
Redactora de la sección Política, especializada en noticias judiciales.
Fuente:
Clarín
GENERAL JUAN MADARIAGA El Tiempo

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