El Gobierno nacional derogó el Decreto 2417/1993 y puso fin a más de tres décadas de control sobre los aranceles de los colegios privados sin aportes estatales. A partir de esta modificación, las instituciones de gestión privada podrán ajustar cuotas y matrículas de manera autónoma, sin necesidad de comunicar aumentos con anticipación ni esperar una aprobación formal del Estado.
La medida forma parte de una actualización del marco regulatorio impulsada por el Ministerio de Capital Humano. Según el texto oficial, el sistema anterior llevaba a los colegios a proyectar incrementos anuales basados en expectativas macroeconómicas inciertas, lo que derivaba en aumentos preventivos que, muchas veces, terminaban superando la inflación real.
Hasta ahora, las escuelas estaban obligadas a informar antes de noviembre el valor de la matrícula y de cada una de las cuotas del ciclo lectivo siguiente, lo que empujaba a definir montos con varios meses de anticipación. Para el Gobierno, esta dinámica generaba distorsiones y desfasajes respecto de la evolución de los precios en la economía.
Aumentos desproporcionados
Datos oficiales indican que, durante 2024, la inflación general fue del 117,8%, mientras que las cuotas escolares aumentaron 169%. Ese salto, 44 puntos por encima del promedio de precios, habría sido consecuencia del esquema derogado, que impedía ajustes graduales y obligaba a las instituciones a cubrirse frente a la incertidumbre.
Con la derogación del decreto, el Ejecutivo busca que las familias puedan estabilizar el gasto educativo dentro de sus presupuestos mensuales y que los incrementos acompañen de forma más realista la evolución de los costos.
Qué colegios se verán afectados
La medida rige únicamente para establecimientos privados sin aportes estatales, un universo que representa alrededor del 6% del sistema educativo, unas 2.000 instituciones distribuidas en todo el país. Estos colegios ya no estarán sujetos a la obligación de presentar proyecciones de aumentos ante el Estado antes de iniciar el ciclo lectivo.
El Gobierno argumenta que el nuevo esquema alinea las reglas con las que ya rigen para universidades e institutos privados, donde no existe control previo del Poder Ejecutivo sobre los aranceles.
Además, la resolución instruye a la Secretaría de Educación a revisar las pautas del Decreto 2542/1991 para adaptar las regulaciones a la realidad económica actual y fortalecer la competencia entre instituciones.
Cómo impactará en las cuotas
La derogación del régimen anterior implica un cambio profundo en la forma en que las escuelas fijarán sus aranceles. A partir de ahora:
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Las instituciones podrán ajustar las cuotas durante el año.
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No habrá una autorización estatal previa.
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Los aumentos deberán ser graduales y justificados por costos.
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No existirá la obligación de informar la cuota anual en noviembre.
Para las familias, esto significa que puede haber variaciones con mayor frecuencia, pero —según el Gobierno— con incrementos más acotados y acordes al contexto.
Mayor autonomía institucional
Los colegios privados con recursos propios podrán administrar su presupuesto con más flexibilidad. Podrán ajustar sus valores cuando se disparen salarios, tarifas, mantenimiento o insumos, sin esperar al cierre del ciclo lectivo ni depender de aprobación administrativa.
Las instituciones sostienen que esta autonomía permitirá:
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Planificar inversiones,
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Mejorar infraestructura,
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Mantener la calidad educativa,
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Evitar desfasajes bruscos en su economía interna.
El Gobierno, por su parte, asegura que el cambio promueve transparencia, sostenibilidad y un entorno más equilibrado entre instituciones y familias.
La actualización del marco regulatorio ya está vigente y continuará complementándose con revisiones normativas orientadas a modernizar el sistema.
GENERAL JUAN MADARIAGA El Tiempo
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