El Senado de la Nación convirtió este miércoles en ley la legalización del aborto tras un histórico debate que se extendió durante horas.
La iniciativa obtuvo 38 votos a favor, 29 en contra y una abstención. Asimismo, tanto Carlos Menem como José Alperovich, no estuvieron presentes al momento del cierre por motivos de salud y judiciales, respectivamente.
La Ley de interrupción legal del embarazo tendrá una corrección en el proceso de reglamentación por el Poder Ejecutivo, ya que se acordó el veto parcial a dos incisos de la norma para eliminar la palabra “integral” de los textos de la ley.
Esta decisión allanó el camino para que dos de los senadores que estaban en duda al momento de apoyar la iniciativa, como el entrerriano Edgardo Kueider y el rionegrino Alberto Weretilneck, revean su postura.
Los principales puntos de la aprobación de la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE)
• Se consagra el derecho de mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar a decidir la interrupción del embarazo, requerir y acceder a la atención del aborto y recibir atención postaborto en los servicios del sistema de salud.
La iniciativa cumple los compromisos asumidos por el Estado argentino en materia de salud pública y derechos humanos:
• El aborto se permitirá hasta la semana catorce, inclusive, del proceso gestacional.
• Fuera de ese plazo solo se podrá acceder en caso de violación, o si estuviere en peligro la vida de la persona gestante.
• En el caso de menores de 13 años se requiere un consentimiento informado y la asistencia de, al menos, uno de sus progenitores o representante legal.
• Para adolescentes de entre 13 y 16 años, deberá tener un acompañante o "referente afectivo".
• Las personas mayores de 16 años tienen plena capacidad por sí para prestar su consentimiento.
• Previo a la realización del aborto se requiere el consentimiento informado de la persona gestante expresado por escrito.
• El profesional de salud que deba intervenir de manera directa en la interrupción del embarazo tiene derecho a ejercer la objeción de conciencia.
• En el caso de que una institución privada no cuente con profesionales para realizar la interrupción del embarazo deberá disponer la derivación a otra institución.
• El personal de salud debe observar un trato digno, respetando las convicciones personales y morales de la paciente.
• Se deberá mantener la privacidad y el derecho a la intimidad de las personas que recurran a las instituciones para pedir un aborto.
• En los casos de violación cuyas víctimas fueran niñas o adolescente, se deberá denunciar este delito.
GENERAL JUAN MADARIAGA El Tiempo
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