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No pagaba la cuota alimentaria, una jueza lo trató de “marichulo” y lo obligó a hacer un curso de masculinidades en 15 días

Una disputa por la cuota alimentaria de un adolescente terminó en una polémica judicial en Lomas de Zamora , donde una jueza de Familia ordenó que el padre y su abogado realizaran un curso de masculinidades al considerar que los argumentos presentados durante el proceso contenían expresiones ofensivas hacia la madre del joven.

La decisión fue apelada y llegó a la Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y de Familia, que le dio la razón al abogado y revocó la obligación de realizar la capacitación . Los magistrados consideraron que los planteos cuestionados formaban parte del ejercicio legítimo del derecho de defensa.

El conflicto comenzó en mayo de 2024, cuando una mujer inició una demanda para reclamar una cuota alimentaria en representación de su hijo. El expediente quedó a cargo del Juzgado de Familia N.º 2 de Lomas de Zamora.

En noviembre de 2025, la magistrada resolvió que el padre debía pagar el 30% de sus ingresos como empleado del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires , además de los conceptos correspondientes a salario familiar, ayuda escolar y obra social.

Durante el proceso, el demandado había argumentado que la madre estaba en mejores condiciones económicas y personales para afrontar una mayor proporción de los gastos del adolescente.

También señaló que padecía problemas de salud, tenía otras obligaciones familiares y que la mujer había decidido mudarse a unos 50 kilómetros del antiguo hogar familiar y enviar al hijo a un colegio privado sin consultarlo.

La jueza calificó esas afirmaciones como “ofensivas” y “estigmatizantes” y dispuso que tanto el hombre como su abogado realizaran un curso de masculinidades orientado a reflexionar sobre los estereotipos de género .

Ambos tenían 15 días para acreditar la capacitación , bajo apercibimiento de recibir una multa equivalente a una cuota alimentaria.

El padre y su abogado apelaron la sentencia al considerar que sus argumentos no constituían violencia de género, sino que buscaban explicar la situación económica y familiar del demandado.

El caso llegó a los jueces Carlos Ricardo Igoldi y Javier Alejandro Rodiño , integrantes de la Sala I de la Cámara de Apelación de Lomas de Zamora.

Al analizar la situación, Igoldi sostuvo que “no se advierten manifestaciones ofensivas ni estigmatizantes” que justificaran imponerle al abogado una capacitación obligatoria.

El magistrado señaló que los argumentos cuestionados constituían una defensa habitual en este tipo de procesos y que no se habían utilizado expresiones discriminatorias ni basadas en estereotipos de género.

Además, advirtió que la perspectiva de género debe aplicarse sin restringir indebidamente el derecho de defensa de las partes.

En consecuencia, la Cámara revocó la obligación de realizar el curso de masculinidades para el abogado Andrés Atilio García .

La situación del padre fue diferente: como ya había realizado y aprobado la capacitación , los jueces declararon abstracto su reclamo sobre ese punto, sin pronunciarse sobre la validez de la medida que se le había impuesto.

Pese a modificar la sentencia respecto del abogado, la Cámara confirmó la obligación alimentaria del padre y rechazó sus cuestionamientos sobre el monto establecido.

Los magistrados mantuvieron el pago del 30% de sus ingresos , la retroactividad de los alimentos desde la presentación de la demanda y la retención directa de su salario.

La resolución, firmada el 29 de septiembre de 2026 , dejó así sin efecto únicamente la capacitación impuesta al letrado, al considerar que sus argumentos no habían excedido los límites del derecho de defensa.


Fuente: TN


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