Una empresaria aseguró que intentó ayudar a una empleada a mantener su beneficio social, no registró la relación laboral y terminó siendo demandada por la trabajadora. La Justicia determinó que la empleada había evitado entregar su documentación para no perder el beneficio y la sancionó por actuar de mala fe.
La sentencia fue dictada por el Juzgado Laboral N° 86 de la ciudad de São Paulo. El caso comenzó cuando una auxiliar de cocina reclamó que se reconociera una relación laboral de aproximadamente cinco meses y pidió una indemnización por su despido mientras estaba embarazada.
El restaurante sostuvo que pocos días después de comenzar a trabajar le había solicitado la documentación necesaria para registrar el vínculo. Sin embargo, según la empresa, la mujer pidió que no la registraran porque quería continuar cobrando el beneficio social. La empleadora afirmó que le explicó que debía elegir entre el registro laboral o continuar percibiendo la ayuda.
La hermana de la trabajadora, que también había trabajado en el establecimiento, confirmó durante el proceso que la mujer cobraba el beneficio. Además, el tribunal consultó el Portal de Transparencia y comprobó que había recibido pagos durante el período en el que trabajó en el restaurante.
La jueza Rebeca Sabioni Stopatto consideró que, aunque la trabajadora no hubiera entregado la documentación necesaria, el empleador debía registrarla o finalizar la relación laboral una vez vencido el plazo legal de cinco días.
Por otro lado, la magistrada determinó que la empresa debía reincorporar a la mujer debido a que fue despedida mientras estaba embarazada. También estableció el pago de los salarios correspondientes al período entre el despido y la reincorporación.
En cuanto al beneficio social cobrado durante el período laboral, la Justicia estimó que la suma recibida de manera indebida rondaba los 3.300 reales. El monto podrá ser descontado de la condena y destinado a las arcas públicas. Además, se ordenó informar el caso al Ministerio de Desarrollo y Asistencia Social.
Finalmente, la Justicia le negó el beneficio de justicia gratuita a la trabajadora y le impuso una multa por litigación de mala fe equivalente al 9,99% del valor de la causa, superior a 5.300 reales, que deberá pagar a la empresa.
GENERAL JUAN MADARIAGA El Tiempo
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