La Justicia de Santa Catarina, Brasil, reconoció la existencia de una unión estable entre dos hombres que convivieron durante casi una década, pese a que uno de ellos sostuvo que entre ambos solo había una relación de amistad y cooperación profesional.
La decisión fue dictada por la 1ª Vara de la comarca de Penha, en el litoral norte de Santa Catarina. Como el expediente tramita bajo secreto de justicia, las identidades de los involucrados no fueron difundidas.
De acuerdo con el Tribunal de Justicia de Santa Catarina, los dos hombres compartieron vivienda, rutinas domésticas, viajes y proyectos de vida entre octubre de 2007 y enero de 2017.
Durante ese período también trabajaron juntos en distintos emprendimientos, entre ellos la construcción y administración de un proyecto turístico, además de la compra y remodelación de propiedades.
Uno de los hombres negó que hubiera existido una relación de pareja y afirmó que solo los unían la amistad y la cooperación profesional. También sostuvo que los bienes involucrados habían sido adquiridos exclusivamente con recursos propios.
Sin embargo, la jueza consideró que existían pruebas suficientes para demostrar una convivencia continua y duradera. Entre los elementos analizados hubo fotografías de ambos en encuentros familiares, mensajes que evidenciaban proyectos en común, comprobantes de domicilio, facturas, registros inmobiliarios y una procuración pública de 2012 en la que ambos se otorgaban poderes de manera recíproca.
La magistrada también señaló que el hecho de que algunos familiares desconocieran la relación no impedía reconocer la unión estable cuando existían otras pruebas que demostraban la existencia de un núcleo familiar.
Deberán dividir los bienes adquiridos durante la convivencia
Además de reconocer la unión estable y declarar su finalización, la Justicia ordenó dividir en partes iguales los bienes adquiridos durante el período de convivencia.
La división incluye una cochera, un departamento, muebles, electrodomésticos y un emprendimiento turístico.
En cambio, quedaron fuera de la partición los inmuebles que habían sido adquiridos antes del inicio de la relación. Las mejoras realizadas durante la convivencia sobre uno de esos inmuebles deberán ser evaluadas en una etapa posterior del proceso.
La jueza también rechazó los pedidos de ambas partes para sancionar a la otra por litigación de mala fe, al considerar que las versiones contrapuestas no demostraban una intención deliberada de engañar a la Justicia.
GENERAL JUAN MADARIAGA El Tiempo
.jpg)

Redes