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Pinamar aprobó el nuevo régimen para la venta ambulante en playa: residencia, cupos y más controles

 


El Concejo Deliberante aprobó por 9 votos contra 5 una nueva normativa que regula la actividad en el Frente Marítimo. La ordenanza establece como requisito general la residencia efectiva y continua en Pinamar, aunque contempla una excepción para trabajadores de General Madariaga que hayan tenido permiso durante la temporada anterior. También fija cupos por rubro, capacitaciones obligatorias, un sistema de puntaje y fuertes sanciones para quienes trabajen sin autorización.


El Concejo Deliberante de Pinamar aprobó este viernes el nuevo régimen para la venta ambulante en las playas, una normativa que modifica de manera integral las condiciones para desarrollar esta actividad durante las próximas temporadas.


La iniciativa fue aprobada por 9 votos afirmativos y 5 negativos y establece nuevos requisitos para acceder a los permisos, además de determinar cupos para cada rubro, mecanismos de fiscalización, capacitaciones obligatorias y un sistema de puntaje para definir las renovaciones.


Uno de los puntos centrales de la nueva regulación es el requisito de residencia. Como regla general, quienes pretendan trabajar en el Frente Marítimo deberán acreditar residencia efectiva y continua en Pinamar. La exigencia alcanza tanto a los titulares de los permisos como a ayudantes y demás personas vinculadas con la actividad.


Sin embargo, la normativa contempla una excepción específica para los residentes de General Juan Madariaga que hayan contado con un permiso durante la temporada anterior. De esta manera, quienes ya desarrollaban la actividad y cumplen con esa condición podrán quedar alcanzados por el régimen pese a no tener residencia en Pinamar.


Cupos definidos para cada actividad


El nuevo régimen también establece una distribución de permisos según el tipo de venta.


Para choclos se fijaron 57 permisos, mientras que habrá 10 para pochoclos, 10 para chipá y 5 para açaí.


En el caso de los rubros de helados, churros y medialunas, el acceso quedará sujeto a procesos de licitación. Para churros y medialunas se establecieron cinco zonas: Pinamar Norte, Pinamar Sur, Ostende, Valeria del Mar y Cariló.


Para la actividad de venta de helados se determinaron dos zonas, mientras que la nueva licitación para ese rubro se realizará a partir de la temporada 2027/2028.


En las actividades correspondientes a rubros no alimenticios, la normativa establece un máximo de 170 permisos, que serán distribuidos entre las distintas categorías previstas.


Permisos personales e intransferibles


Los permisos tendrán carácter anual, personal, precario, revocable e intransferible.


La renovación no será automática, sino que tendrán prioridad aquellas personas que hayan cumplido con las condiciones establecidas por la normativa.


Para determinar el acceso y las renovaciones se implementará además un sistema de puntaje, que tendrá en cuenta diferentes antecedentes del solicitante, entre ellos la residencia, la antigüedad en la actividad, los antecedentes, las certificaciones y las capacitaciones realizadas.


La ordenanza incorpora también un cupo mínimo del 10% destinado a personas con discapacidad.


Capacitaciones obligatorias y código QR


Entre las nuevas exigencias aparece la obligación de realizar dos capacitaciones anuales para quienes quieran acceder a un permiso o renovarlo.


Los vendedores deberán llevar además una credencial visible, que contará con un código QR individual con información oficial sobre la autorización.


Los carros utilizados para desarrollar la actividad también deberán contar con una identificación municipal única, lo que permitirá facilitar las tareas de control en el Frente Marítimo.


Multas, decomisos y suspensión de permisos


La nueva normativa también endurece los mecanismos de fiscalización.


Quienes desarrollen la actividad sin autorización podrán recibir multas de entre 1.800 y 2.500 módulos. La misma escala de sanciones se aplicará a quienes permitan o contraten a personas que no acrediten el cumplimiento del requisito de residencia establecido por la ordenanza.


Además de las multas, las infracciones podrán derivar en decomisos, suspensiones o revocaciones de los permisos, según la gravedad y las circunstancias de cada caso.


La nueva regulación deroga las ordenanzas anteriores que regulaban la venta ambulante en playa y establece un plazo de 90 días corridos desde su promulgación para que el Departamento Ejecutivo de Pinamar dicte la reglamentación correspondiente.


Cruces durante el debate


El proyecto también generó cuestionamientos dentro del propio Concejo Deliberante.


El concejal Horacio Errasquin manifestó sus reparos durante el tratamiento de la iniciativa y sostuvo: “En un país normal este trabajo que han hecho es divino, ordenado, pero estamos jodidos”.


Por su parte, el concejal Gregorio Estanga cuestionó que el proyecto no hubiera sido trabajado previamente con los vendedores de playa y planteó que regresara a comisión. Esa propuesta, sin embargo, fue rechazada por 9 votos contra 5.


Con su aprobación, Pinamar avanza ahora hacia la implementación de un nuevo esquema para la venta ambulante en el Frente Marítimo, que comenzará a regir una vez que la ordenanza sea promulgada y posteriormente reglamentada por el Ejecutivo.


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