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La Justicia condenó a una empresa por hacer trabajar a una empleada durante su licencia maternal

 

 


La Justicia laboral de Brasil confirmó una indemnización de 14.000 reales por daño moral para una analista de logística que fue requerida por su empleador para realizar tareas durante su licencia por maternidad. Además, ordenó que la empresa le pague la remuneración correspondiente por el trabajo efectuado durante ese período.

El caso ocurrió en una empresa del sector de distribución de petróleo y gas. Según quedó acreditado en el expediente, durante su primera licencia por maternidad la trabajadora debió responder consultas laborales de forma habitual, asistir a la empresa en distintas oportunidades e incluso concurrió con su bebé recién nacido, al que llevó en un bebé confort.

Las pruebas incluyeron testimonios de compañeros y conversaciones de WhatsApp, que confirmaron que la empleada continuó prestando servicios mientras debía estar completamente apartada de sus funciones.

La empresa negó haber cometido una irregularidad y sostuvo que otra trabajadora había sido designada para reemplazarla, además de afirmar que nunca le ordenó trabajar durante la licencia.

Sin embargo, el juez de primera instancia concluyó que la empresa sí recurrió a la analista en numerosas ocasiones, lo que constituyó un acto ilícito y justificó la reparación por daño moral.

Posteriormente, la Quinta Sala del Tribunal Regional del Trabajo de la 4ª Región confirmó por unanimidad la indemnización de 14.000 reales. Además, hizo lugar al pedido de la trabajadora para que se le abonara el salario correspondiente a los servicios prestados durante la licencia, calculando un promedio de dos días de trabajo por semana durante el período de descanso.

De acuerdo con la información difundida por el tribunal, ninguna de las partes presentó nuevos recursos, por lo que la decisión quedó firme.


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