La Municipalidad de Pinamar presentó este martes un recurso de apelación contra la medida cautelar dictada el 30 de enero que ordenó la suspensión de actividades motorizadas en la zona conocida como “La Frontera”, particularmente en el sector denominado “La Olla”. La presentación fue realizada ante el Juzgado en lo Civil y Comercial N° 4 del Departamento Judicial de Dolores, en el marco de la causa que fue originada por el ex Director de la Agencia Nacional de Seguridad Vial Pablo Martínez Carignano.
El escrito fue presentado ayer martes 3 de febrero por Ignacio Aguirregabiría, asesor letrado y apoderado de la Municipalidad de Pinamar, quien además introdujo la reserva de caso federal, es decir que podría llegar a la Corte Suprema, al considerar que la resolución judicial compromete normas constitucionales vinculadas a la autonomía municipal.
En el recurso al que accedió CNM, el Municipio cuestiona duramente la sentencia de primera instancia, a la que califica como errónea tanto en la apreciación de los hechos como en la aplicación del derecho, y solicita su revocación total.
Cuestionamientos al debido proceso
Uno de los ejes centrales de la apelación es la supuesta violación al debido proceso. Según el planteo municipal, la medida cautelar fue dictada sin respetar un plazo razonable para que el Municipio pudiera informar y acreditar las acciones de control, fiscalización y prevención que viene desarrollando en conjunto con la Provincia de Buenos Aires y el Estado nacional en el sector de médanos costeros.
En ese sentido, se remarca que el juzgado sostuvo que la comuna no respondió en tiempo y forma un traslado otorgado por un día, cuando la propia notificación indicaba que el plazo comenzaba a correr recién el 2 de febrero, lo que —según el Municipio— vuelve contradictoria la actuación judicial y priva a la demandada de ejercer efectivamente su derecho de defensa.
Falta de legitimación del actor
Otro de los planteos apunta a la legitimación activa del amparista. El recurso sostiene que la resolución no analizó de manera concreta ni fundada si el actor estaba habilitado para promover una acción de amparo colectivo, ni si representaba efectivamente a un colectivo determinado o afectado.
Además, se destaca que el demandante no sería vecino de la zona ni del Partido de Pinamar, ya que residiría a casi 400 kilómetros del lugar, lo que, a criterio del Municipio, debilita aún más su interés directo y actual para solicitar una medida cautelar de carácter innovativo.
Responsabilidad atribuida al Municipio
La apelación también cuestiona la legitimación pasiva atribuida a la Municipalidad. En el escrito se afirma que el Municipio no organiza, autoriza ni promueve pruebas de destreza, competencias, carreras ni eventos recreativos motorizados en La Frontera, sino que, por el contrario, ha desplegado múltiples acciones para impedir este tipo de prácticas.
Entre esas medidas se mencionan secuestros de vehículos, inhabilitaciones para conducir, denuncias penales y la participación activa como particular damnificado en causas que tramitan ante las fiscalías de Pinamar por presuntas infracciones al artículo 193 bis del Código Penal.
Según el planteo, las actividades denunciadas suelen realizarse en predios privados, lo que limita la competencia municipal y traslada la responsabilidad principal al Estado provincial, a través del Ministerio de Seguridad, como autoridad de prevención del delito.
Prohibiciones ya existentes e indeterminación de la cautelar
Otro punto central del recurso es que la medida cautelar resulta redundante, ya que las conductas suspendidas se encuentran expresamente prohibidas por normas penales, contravencionales, leyes de tránsito y ordenanzas municipales vigentes.
Además, se cuestiona la indeterminación del mandato judicial, al utilizar conceptos amplios como “condiciones adecuadas de seguridad” o “control suficiente” sin fijar parámetros objetivos que permitan saber cuándo la cautelar se considera cumplida, generando —según la comuna— inseguridad jurídica y dificultades operativas.
Reserva de caso federal
Finalmente, la Municipalidad de Pinamar dejó planteada la reserva de caso federal, al entender que la resolución judicial afecta la autonomía municipal y avanza sobre competencias propias de los poderes Ejecutivo y Legislativo locales, alterando el equilibrio republicano de poderes.
Con estos argumentos, el Municipio solicitó que se revoque la sentencia apelada, se deje sin efecto la medida cautelar y se impongan las costas a la parte actora. La decisión ahora quedó en manos de la instancia superior, que deberá analizar el planteo y definir el futuro de la medida dispuesta sobre la zona de La Frontera.
GENERAL JUAN MADARIAGA El Tiempo

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