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Nuevo borrador del proyecto de Reforma Laboral del Gobierno: qué dice sobre vacaciones, indemnizaciones, despidos y los “bancos de horas”


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En medio de la discusión entre el oficialismo, los sindicatos y el empresariado, comenzó a circular en las últimas horas un nuevo borrador del proyecto de reforma laboral que impulsa el Gobierno. El texto define los principales lineamientos sobre remuneraciones, plataformas de reparto, regímenes especiales y procedimientos judiciales vinculados al trabajo.


El debate se concentra dentro del Consejo de Mayo, donde participan funcionarios, empresarios y representantes sindicales, aunque estos últimos se han apartado de las conversaciones y endurecieron su postura contra la iniciativa.


Según el borrador actualizado, la propuesta introduce modificaciones sobre múltiples aspectos del derecho laboral: vacaciones, licencias, beneficios sociales, indemnizaciones, despidos y nuevas reglas para el empleo en plataformas digitales.


Vacaciones


El proyecto reafirma el derecho del trabajador a un período anual de vacaciones pagas, de acuerdo con la Ley de Contrato de Trabajo. La principal novedad es que empleador y trabajador podrán acordar, de forma individual o colectiva, la extensión del período vacacional, siempre respetando los pisos mínimos legales.


“El empleador deberá conceder el goce de vacaciones de cada año dentro del período comprendido entre el 1º de octubre y el 30 de abril del año siguiente. La fecha de inicio deberá ser notificada por escrito con una antelación no menor a 45 días”, señala el texto.


Además, se habilita la acumulación de días en situaciones excepcionales y se incorpora la posibilidad de fraccionar las vacaciones, lo que flexibiliza su uso según necesidades familiares, sectoriales y productivas.


Banco de horas


El borrador establece que los convenios colectivos podrán implementar regímenes de banco de horas, respetando los descansos mínimos de 12 horas entre jornadas y 35 horas semanales. De este modo, se permitirá compensar una jornada más extensa con otra de menor carga horaria, sin superar los topes legales.


Asimismo, se aclara que la reducción de la jornada máxima legal solo procederá cuando así lo dispongan las normas nacionales, los contratos individuales o los convenios colectivos.


Indemnizaciones y despidos


Uno de los puntos centrales es la modificación del sistema de indemnizaciones por despido sin causa. La reforma habilita que la indemnización tradicional pueda ser reemplazada por fondos o seguros sectoriales de cese laboral, financiados con aportes mensuales de los empleadores, cuando así lo establezca la negociación colectiva.


La base de cálculo estará integrada por el salario básico, sumas habituales, antigüedad y demás componentes remunerativos ordinarios. Quedan excluidos premios, gratificaciones extraordinarias y pagos transitorios.


“En los casos de despido sin justa causa, se deberá abonar al trabajador una indemnización equivalente a un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de tres meses”, indica el texto.


En cuanto a los despidos con causa, se detallan de manera taxativa las causales válidas y el procedimiento a seguir. El empleador deberá notificar electrónicamente la decisión y fundamentar el motivo, garantizando el derecho de defensa del trabajador.


Además, en conflictos que involucren servicios esenciales, se fija un funcionamiento mínimo del 75%, y del 50% en sectores estratégicos como salud, transporte, telecomunicaciones, energía, educación, logística, bancos y comercio digital.


Remuneraciones


El proyecto redefine la composición del salario, permitiendo sumas fijas, variables y beneficios sociales. Establece la digitalización obligatoria de recibos de sueldo, planillas de asistencia y documentación laboral, con la misma validez que los documentos en papel.


También se fijan con claridad qué conceptos forman parte de la remuneración computable y cuáles quedan excluidos, como viáticos documentados y reintegros, para evitar conflictos judiciales.


Enfermedad y ausencias


Se reglamenta el uso de certificados médicos digitales con plena validez legal y se crea un sistema centralizado de control médico para verificar diagnósticos y justificar ausencias.


La norma tipifica las ausencias injustificadas y los supuestos de abandono de trabajo, acortando plazos y procedimientos. En casos de inasistencias prolongadas, el empleador deberá notificar fehacientemente antes de adoptar sanciones o extinguir el vínculo laboral.


Reincorporación laboral


Cuando una sentencia judicial determine que un despido fue ilegítimo, el trabajador podrá elegir entre reincorporarse o cobrar la indemnización correspondiente. Si opta por volver a su puesto, la empresa deberá pagar los salarios caídos durante todo el período sin prestación de tareas.


El texto también prevé que, ante una incapacidad parcial definitiva, el empleador deberá reubicar al trabajador en tareas acordes a su condición. Si no pudiera hacerlo, se extinguirá el contrato con derecho a indemnización.


Plataformas de reparto


La reforma avanza sobre la regulación de las plataformas digitales de empleo, como las aplicaciones de delivery. El proyecto reconoce la relación laboral formal entre las empresas tecnológicas y los repartidores, obligando a su registración, aportes a la seguridad social y contratación de seguros por accidentes.


Asimismo, se establecen reglas de jornada, descanso obligatorio, remuneraciones mínimas y derechos sindicales, permitiendo la participación de los trabajadores en negociaciones colectivas propias del sector.


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GENERAL JUAN MADARIAGA El Tiempo