La definición llegó a través de un juicio abreviado realizado en el Tribunal en lo Criminal nº 1 departamental el Dr. Christian Rabaia en donde Damián Reyes, de 20 años de edad, fue condenado por ser responsable de los delitos de Privación ilegal de la libertad, daño, abuso sexual y lesiones leve agravadas.
Los hechos se sucedieron desde 2023 cuando el condenado
tenía 18 años de edad. En mayo de ese año interceptó a quien había sido su
pareja, una menor de 14 años, cuando esta se desplazaba en una moto en la
ciudad de Ayacucho, para seguidamente mediante amenazas subirse al rodado y
obligó a la joven que se dirigiera hacía la zona rural. Al quedarse la moto sin
combustible, el sindicado valiéndose de nuevas amenazas forzó a la víctima a
continuar a pie.
En ese momento, y usando un arma blanca, le rompió el
celular y lo tiró en el campo. Una vez hecho esto, y ya incomunicada la chica, la
amenazó, la intimidó y la obligó a la menor a mantener relaciones sexuales
contra su voluntad.
Después golpeó a la chica y la retuvo hasta el día siguiente
siempre maltratándola. A la mañana siguiente intentó ahorcarla y le apoyó un
cuchillo en la garganta. Al soltarla la amenazó y le dijo que, si era
denunciado, “tomaría más coraje para
matarla”.
En la denuncia penal formulada en la Estación de Policía
Comunal de Ayacucho el 16 de mayo de 2023, la progenitora de la menor señaló
que esta no había regresado al hogar, que se movilizaba en una moto Gilera 110
cc, que la misma se había peleado con su expareja, Damián Reyes, y que había
observado en las cámaras de seguridad de un vecino cuando ambos pasan en la
moto. Asimismo indicó, que su hija había cortado la relación unos meses antes
porque el joven era muy violento.
Horas más tarde la moto fue hallada abandonada en el camino
rural “Paraje Fair”, camino a Labardén, a unos 20 kilómetros de Ayacucho.
La víctima relató a las autoridades los detalles de lo
sucedido, dijo haber pasado todo ese día y la noche en el campo en lo que sería
una especie de pozo, sin agua, habló de las amenazas y los golpes, indicando
que en horas de la madrugada habían empezado a caminar.
El puestero de un establecimiento rural dijo haber tomado
conocimiento que estaban buscando a Damián Reyes y a la menor, haber observado
cuando esta llegaba hasta la tranquera donde él se encontraba, haberle
preguntado cómo se encontraba y dónde estaba Reyes, señalando la joven que
dentro del potrero, indicando el testigo haberlo ido a buscar en la camioneta y
luego avisado a la policía que ambos se encontraban sentados en la tranquera de
acceso al campo, que pasados unos minutos se había hecho presente un móvil
policial que los había trasladado a la ciudad.
El imputado declaró y dio su versión, señalando el Juez que,
analizados meticulosamente los argumentos y las explicaciones esgrimidas por el
encartado Damián Reyes, esta sólo podía ser calificada como una simple
alegación desprovista de todo sustento, tanto fáctico como jurídico. Que su versión
no sólo era incongruente, sino que además se configura como manifiestamente
ilógica e insustentable frente a las pruebas colectadas. Consecuentemente para
el Magistrado, los relatos y restantes elementos de prueba, analizados
concatenadamente constituían un marco probatorio contundente que permitían
concluir que el imputado era autor de los hechos endilgados.
GENERAL JUAN MADARIAGA El Tiempo

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