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Desde este jueves, cualquier ciudadano podrá importar autos por su cuenta: así es el nuevo esquema oficial


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El Gobierno nacional oficializó este martes 2 de julio, mediante la Resolución 271/2025 publicada en el Boletín Oficial, un nuevo régimen que habilita a los ciudadanos argentinos a importar vehículos de forma directa, sin necesidad de pasar por concesionarios o importadores oficiales. La medida entrará en vigencia este jueves 3 de julio y busca simplificar y modernizar el proceso de homologación vehicular en el país.


El eje central de la resolución es la Licencia de Configuración de Modelo (LCM), el permiso indispensable para circular legalmente con un vehículo nuevo en Argentina. La norma establece que la Secretaría de Industria y Comercio, a través de la Subsecretaría de Gestión Productiva, continuará siendo la autoridad encargada de emitir estas licencias.


Importaciones individuales: un auto por año


Uno de los puntos más relevantes del nuevo régimen es la posibilidad para personas particulares de importar un vehículo por año calendario. En estos casos, si el vehículo coincide en marca, modelo y características con una LCM o Constancia de Validación de Homologación Extranjera (CVHE) ya registrada en el sistema nacional, no será necesario tramitar una nueva LCM. Sin embargo, se establece que esa unidad no podrá venderse ni transferirse durante los dos años posteriores a su nacionalización.


Certificaciones extranjeras y simplificación de trámites


La resolución reconoce la validez de certificaciones internacionales, lo que permitirá utilizar homologaciones emitidas por organismos reconocidos por las Naciones Unidas (TRANS/WP29/343), sin la necesidad de repetir ensayos técnicos en el país. No obstante, los ensayos deben estar disponibles ante requerimiento de las autoridades nacionales.


Para las categorías de vehículos más comunes (como M1, N1, N2, entre otros), se habilita la posibilidad de gestionar la CVHE, siempre que se cumplan los requisitos fijados por la Resolución 15/2019.


También se permite la cesión de licencias (LCM o CVHE) bajo las normas del Código Civil y Comercial, con la condición de que no se utilicen como garantía. El trámite debe ser notificado formalmente y cumplir con los requisitos administrativos establecidos.


Laboratorios habilitados y ensayos técnicos


Los ensayos para validar la seguridad de los vehículos deberán ser realizados por laboratorios acreditados por organismos como el INTI, la Red INTI tipo IV y V, la Organización de Naciones Unidas (TRANS/WP.29/343), la ILAC, o incluso plantas automotrices estadounidenses autorizadas por la NHTSA mediante el conocido “Blue Ribbon Letter”.


Además, se establece que los fabricantes e importadores deberán contar con certificaciones industriales válidas, tales como ISO 9001, ISO 14001, ISO/TS 16949 o JIS, como prueba de solvencia técnica y operativa.


Control, fiscalización y aranceles


La nueva normativa otorga amplias facultades de control a la Subsecretaría de Gestión Productiva. Podrá llevar a cabo auditorías, exigir documentación adicional, realizar ensayos técnicos complementarios y hasta declarar el fin de comercialización o la discontinuidad de modelos que no cumplan los requisitos legales.


También se establece un esquema de aranceles fijos en Unidades Retributivas (UR) para cada trámite. Por ejemplo:


  • 6.000 UR por una nueva LCM o Constancia Técnica para vehículos livianos (categorías L y O)

  • 12.000 UR para vehículos medianos y pesados (categorías M, N y Bitrenes)

  • 400 UR para la CVHE obtenida mediante certificaciones extranjeras

  • 400 o 800 UR adicionales por cada modificación técnica declarada, según categoría


Los pagos deberán realizarse por la plataforma digital e-recauda y presentarse al iniciar el trámite.


Fin de un régimen fragmentado


Con esta resolución, el Ministerio de Economía deroga más de 40 normativas previas que regulaban distintos aspectos del proceso de homologación e importación. Entre ellas, se eliminan las Resoluciones 838/99, 247/05 y 276/06, con el fin de consolidar un marco normativo único, moderno y más accesible para fabricantes, importadores y particulares.


La nueva disposición también alcanza a concesionarios radicados en Tierra del Fuego, que podrán importar unidades sin presentar la LCM en algunos casos, siempre que ya haya una licencia válida vigente.


¿Dónde consultar?


El texto completo de la resolución y todos sus anexos (incluidos modelos oficiales de licencias y requisitos técnicos) están disponibles en el sitio web del Boletín Oficial y en la página del Ministerio de Economía. Desde este jueves 3 de julio, las personas interesadas podrán iniciar trámites bajo este nuevo esquema, tanto para importar vehículos como para obtener las licencias correspondientes.


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