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Havanna hizo una broma por el día de los inocentes que le provocó pérdidas millonarias y una posible sanción del gobierno


 

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La firma de alfajores de Mar del Plata no tuvo mejor idea que hacer un chiste por el día de los inocentes. En redes sociales instó a los seguidores a que envíen su CUIL para recibir una caja navideña de regalos que influía productos de la marca y una pequeña botella de Champagne.

 

Los mensajes inundaron todas las bandejas y cuando los ejecutivos se dieron cuenta era demasiado tarde. Pasado el mediodía del martes colocaron un video para decir que era una broma y quienes participaban de ese “concurso” levantaron los teléfonos y llamaron a la Secretaría de Comercio para quejarse pos publicidad engañosa.

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El chiste “salió salado” y, para arreglarlo, prometieron revisar el horario de todos los mensajes para confeccionar miles de cajas similares a la de la foto de promoción que hicieron. Además, se hará cargo de los costos, según dijeron.

 

Sin embargo, el gobierno imputó a la empresa. A través de la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje del Consumo, imputó administrativamente a la empresa Havanna por presunta publicidad engañosa e incumplimiento de oferta en sus cuentas verificadas de redes sociales.

 

De esta manera, Havanna habría infringido el artículo 4° de la Ley de Defensa del Consumidor (N°24.240), ya que la publicidad en su conjunto contiene información falsa sobre el ofrecimiento de productos y no cumple el deber de brindar información cierta, clara y detallada.

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Por otro parte, estas publicaciones también infringirían el artículo 7° de la Ley 24.240 que prevé las condiciones en las que se tiene que establecer una oferta o promoción. En ningún momento se establecen las bases de la promoción ofrecida por Havanna y no presenta fecha de inicio ni de finalización de la misma, como obliga la ley.

 

Finalmente, el artículo 4° de la Ley 24.240 también contempla como información que debe brindarse lo establecido por el artículo 6° de la Ley 24.788 de Lucha contra el Alcoholismo que determina que en cualquier publicidad que contenga bebidas alcohólicas tiene que tener visible la leyenda "Beber con moderación. Prohibida su venta a menores de 18 años". En este caso no se cumpliría tampoco con el deber de brindar información ya que se muestran bebidas alcohólicas y no figura la leyenda correspondiente.

 

La empresa tiene cinco (5) días hábiles para ofrecer su descargo frente a la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje del Consumo y posteriormente continuará el proceso administrativo para determinar si corresponden sanciones. 


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