El Gobierno nacional creó el Programa “Más Cultura Joven”,
destinado a una franja etaria comprendida entre los 18 y los 24 años, con el
objetivo “permanente de reducir la brecha económica existente en el acceso a
los bienes y servicios culturales” y que consiste en el otorgamiento de $5.000
a cada beneficiario.
El programa está dirigido a beneficiarios de todos los
niveles del Programa de Respaldo a Estudiantes de Argentina (Progresar) que
funciona en la órbita del Ministerio de Educación de la Nación y a titulares de
la Asignación Universal por Hijo/a (AUH), bajo cualquiera de sus modalidades
admitidas.
Asimismo, se incluye a titulares de la Asignación Universal
por Embarazo, y a beneficiarios de pensiones no contributivas por invalidez,
siempre que posean entre 18 y 24 años de edad.
También se podrán inscribir aquellas personas que se
encuentren fuera de la referida franja etaria y sean beneficiarios en alguna de
las modalidades excepcionales del Progresar o tengan hijos menores a cargo en
hogares monoparentales, personas trans, pueblos originarios, personas con
discapacidad, personas refugiadas, entre otras condiciones), las que podrán
participar en idénticos términos y condiciones.
La medida fue adoptada por resolución 1499 del ministro de
Cultura, Tristán Bauer, publicada hoy en el Boletín Oficial.
El programa otorga un monto de $5.000 a cada beneficiario/a,
que podrá ser utilizado entre el 1° de noviembre de 2021 y el 30 de abril de
2022 únicamente en “consumo de bienes y/o servicios culturales”.
A tal efecto, se resolvió que a través del Banco de la Nación
se emitirán tarjetas de carácter prepago con acreditación del monto antes
referido, que podrán ser operadas de manera virtual por los beneficiarios/as a
través de la aplicación virtual BNA+, o de manera física, a través del plástico
emitido.
En este caso, se aclara que las tarjetas estarán provistas
de todas las medidas de seguridad, calidad e inviolabilidad, inherentes a su
utilización, adecuándose a las normas del Banco Central.
¿Dónde se utilizarán
los fondos?
Los beneficiarios podrán utilizar el crédito en salas de
cine, teatros, espectáculos musicales, ferias y festivales, accesos y/o tickets
en línea para museos, espacios, centros y/o circuitos o corredores culturales,
librerías, disquerías, galerías y espacios asociados a las artes visuales, inscripción
a cursos, seminarios talleres u otras instancias de formación ligadas a la
cultura.
También para el pago de honorarios docentes para el
aprendizaje de disciplinas artísticas y/o culturales.
La resolución dispone que no se requerirá la realización de
gestión o de inscripción alguna por parte de aquellos comercios o prestadores
de servicios y bienes culturales que se encuentren habilitados dentro de los
rubros vinculados a esa actividad frente a las procesadoras de pago
intervinientes.
GENERAL JUAN MADARIAGA El Tiempo
Redes