Desde el
municipio informaron sobre las especificaciones que se deben cumplir para que
las embarcaciones y el personal puedan trabajar en la próxima temporada.
Los
propietarios de las embarcaciones deberán cumplir con distintas acreditaciones
y permisos vigentes para poder soltar amarras y los trabajadores deberán
remitir documentación a la oficina de producción con datos fidedignos de contacto
que tendrán efecto de declaración jurada.
Se les
exigirá a los operarios reducir el contacto lo máximo posible con la ciudadanía
en general y reportar cualquier tipo de síntomas compatibles con COVID-19 a las
autoridades sanitarias de manera rápida para aislar a sus contactos estrechos.
DE LAS EMBARCACIONES Y SUS TITULARES
1.- Deberán
estar debidamente acreditadas en el Registro Municipal creado al efecto.
2.- Deberán
poseer matrícula correspondiente vigente, y presentar los permisos personales y
habilitaciones correspondientes.
3.- Deberán
contratar y acreditar el correspondiente seguro, y poseer todas las medidas de
seguridad necesarias: matafuegos, chalecos salvavidas, bengalas.
4.-
Clasificación de las embarcaciones:
• Propietario Embarcación Comercial:
embarcaciones locales habilitadas para transporte de pasajeros, debidamente
registradas en el Registro Municipal creado al efecto.
• Propietario Embarcación No
Comercial: embarcaciones habilitadas para actividades deportivas y recreativas,
no puede comerciar el transporte de pasajeros. Solo para salidas recreativas.
Deberán acreditarse en forma previa y obtener el correspondiente permiso.
5.- Deberán
dar, indefectiblemente, aviso a Prefectura Naval Argentina previo a toda
salida. Los rol se harán solo con luz diurna.
6.- Los
conductores de las embarcaciones deberán acreditar credencial de conducción
suficiente a criterio de la autoridad de control.
7.- Deberán
ser acondicionadas al efecto respetarse el distanciamiento social entre
pasajeros previsto como medida preventiva, así como obligar a los pasajeros al
cumplimiento de los protocolos vigentes.
8.-
Aquellas embarcaciones de propietarios no residentes, que a criterio de la
autoridad de control (PNA), no posea las aptitudes requeridas al efecto
proceder a dar salida, deberán indefectiblemente retirarse de la localidad,
pudiendo ser requerida la asistencia de la fuerza pública al efecto.
DE LOS TRIPULANTES
1.- Deberán
solicitar turno, de lunes a viernes, y con 48hs de anticipación al día de
salida, en horario de 08hs a 13hs, remitiendo a la dirección de mail
produccionglavalle@hotmail.com los siguientes datos personales en formato PDF y
con carácter de Declaración Jurada: nombre completo, DNI, teléfono de contacto,
domicilio de residencia, permiso de pesca provincial vigente.
2.- Deberán
previo a abordar la embarcación, efectuar declaración jurada de salud en los
puestos sanitarios dispuestos, a saber: Centro de Aislamiento Lavalle (Rufina
Peñonori y Arturo de la Serna), y/o Dirección de Producción sita en Puerto
Municipal.
3.- Para el
caso en que alguno de los miembros de la tripulación cuente, al momento del
examen médico, con sintomatología compatible con Covid-19 (a criterio del
personal de salud), todo el grupo que haya compartido el viaje con él deberá
retirarse de la localidad, actuando la fuerza pública en caso de negativa. En
el caso en que los síntomas se presenten previo al viaje, responsablemente
deberán evitar realizar el mismo.
4.- Deberán
dar estricto cumplimiento a las medidas sanitarias de público conocimiento (uso
de tapabocas, distanciamiento social, sanitizantes, etc.)
5.- Deberán
evitar todo tipo de contacto estrecho con la población en general, debiendo
cumplir con todas las medidas sanitarias vigentes al ingresar a comercios
locales.
6.- Deberán
preservar los lugares de bajada con la limpieza natural del sitio. Está
terminantemente prohibido practicar algún tipo de caza, así como también
alejarse de la zona clasificada como camino de sirga. Debe tenerse especial
precaución con el fuego. Deben regresar con todos los residuos generados
durante la estadía.
DE LOS
TURNOS:
Los turnos
deberán solicitarse con 48hs de anticipación al mail
produccionglavalle@hotmail.com, y de acuerdo al siguiente cronograma:
• Propietario Residente Comercial:
hasta 60 personas por turno.
• Propietario No residente / No
comercial: De acuerdo a la capacidad de la embarcación a un 50%.
Transporte
de pasajeros:
• Propietario Residente Comercial:
Capacidad de transporte al 50%, mas el conductor. Hasta 60 pasajeros por turno.
• Propietario Residente No Residente
/ No Comercial: Capacidad de transporte al 50%, más el conductor.
DE LOS
PERMISOS
Una vez
cumplido con la totalidad de los requisitos previos al arribo previstos en el
presente protocolo, la Dirección de Producción Municipal emitirá una
“Autorización de Ingreso para Pesca” personal e intransferible que el
peticionante deberá presentar en los controles de seguridad dispuestos en los
accesos a la localidad.
Si por
casos imprevistos o de fuerza mayor, el peticionante pierde el turno otorgado,
deberá solicitarlo nuevamente cumpliendo con todos los pasos mencionados, el
cual se otorgará según cupos disponibles.
Se deja
aclarado que el permiso emitido por la Municipalidad solo permite el ingreso de
los pescadores al Municipio, siendo la Prefectura Naval Argentina el órgano de
control y autorización de las correspondientes salidas.




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