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MADARIAGA: Difundieron el listado de municipios con excepciones y la ciudad no aparece

Palacio Municipal de General Juan Madariaga - Argentina (Central de Noticias Madariaga)
En la tarde del viernes el gobierno bonaerense publicó una primera disposición para relajar el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO) pero el documento sólo muestra 28 municipios de los 135 y aprueba algunas excepciones –por categorías- de un total de 537 solicitudes que fueron procesadas pero que se corresponden con 72 partidos.

La Ministra de Gobierno, Teresa García, fue la encargada de evaluar con las distintas carteras, como de seguridad, salud y desarrollo social, la situación de cada uno de los distritos y la capacidad de respuesta que tuvieron ante la cuarentena. Muchas estaban mal confeccionadas, eran vagas y con datos escasos.

Por eso esta semana las comunas deberán “esforzarse más” y también dar respuestas a líneas directivas que la gobernación pretende que se cumplan; según anticiparon a Central de Noticias Madariaga una alta fuente de la gestión de Axel Kicillof.

Causó sorpresa que entre los incluidos en el primer listado aparezcan comunas con casos de COVID 19 positivos como La Plata, San Pedro, San Isidro, Avellaneda o Lomas de Zamora y eso se debió a que tienen mejor capacidad de respuesta que las demás.

Cuáles son las profesiones exceptuadas:

1. Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.

2. Oficinas de rentas de las Provincias, de la Ciudad de Buenos Aires y de los Municipios, con
sistemas de turnos y guardias mínimas.
Controles en el ingreso a General Madariaga - Policía
3. Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.

4. Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de
comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto
personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio.

5. Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de
enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.

6. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema
de turno previo.

7. Ópticas, con sistema de turno previo.

8. Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. En
ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en
forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes.

9. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.

Cuáles son los municipios exceptuados y en que categorías
Por otro lado, se estableció:

2. Solicitar información adicional referente a los protocolos sanitarios y de funcionamiento a los municipios que solicitaron la excepción para actividades y servicios incluidos en los incisos 1 a 9 del artículo 1° de la Decisión Administrativa 524/2020 de la JGM de la Nación.

3. Enviar al Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica de la provincia las solicitudes realizadas por los siguientes municipios para actividades y servicios incluidos en los incisos 10 (Producción para la exportación) y 11 (Procesos industriales específicos) del artículo 1° de la Decisión Administrativa 524/2020 de la JGM de la Nación. Dichas solicitudes, serán validadas en consulta con el Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación, tal como establece la norma.

4. Consultar con el Gobierno Nacional la posibilidad de excepción en actividades y servicios no
exceptuados a la fecha solicitadas por los municipios.
Más allá de los pedidos realizados hasta la fecha y dado que se trata de un proceso dinámico, el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires continuará recibiendo solicitudes de excepción de los municipios y evaluando su conformidad de acuerdo a la evolución del cuadro epidemiológico y sanitario de la Provincia. Esto incluye, eventualmente, la posibilidad de retrotraer las excepciones otorgadas.

MECANISMO PARA LA AUTORIZACIÓN DE EXCEPCIONES AL AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO DE ACTIVIDADES EN MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES


1. ACTIVIDADES EXCEPTUADAS POR EL GOBIERNO NACIONAL
Paso 1: Los intendentes de cada uno de los 135 de los municipios deben presentar al Gobierno de la Provincia los protocolos sanitarios, el esquema de funcionamiento y los mecanismos de
fiscalización de cada una de las actividades exceptuadas.

Paso 2: El Gobierno de la Provincia de Buenos Aires valida las propuestas de los intendentes.

Paso 3: el municipio, a través de un acto administrativo a nivel local, autoriza el funcionamiento de las actividades exceptuadas.

2. ACTIVIDADES INDUSTRIALES Y PRODUCTIVAS EXCEPTUADAS POR EL GOBIERNO
NACIONAL QUE DEPENDEN DE LA AUTORIZACIÓN DE LA PROVINCIA PARA COMENZAR A FUNCIONAR*

Paso 1: Los intendentes que así lo consideren conveniente deben presentar al Gobierno de la
Provincia los protocolos sanitarios, el esquema de funcionamiento y los mecanismos de fiscalización de cada una de las actividades que pretenden ser exceptuadas.

Paso 2: El Gobierno de la Provincia de Buenos Aires valida caso por caso las propuestas de los
intendentes, a través de la intervención del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación
Tecnológica.

Paso 3: el municipio, a través de un acto administrativo a nivel local, autoriza el funcionamiento de las actividades exceptuadas.

* Correspondientes a los Incisos 10 - Producción para la exportación- e Inciso 11 -Procesos
industriales específicos- del artículo 1° de la Decisión Administrativa 524/2020 de la JGM de la
Nación, listadas en el Anexo I de la Resolución 179/2020 del Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación.

3. ACTIVIDADES NO EXCEPTUADAS POR LA NORMATIVA NACIONAL

Paso 1: Los intendentes que soliciten la autorización para funcionar a actividades que no se
encuentran exceptuadas en la actualidad, deben presentar al Gobierno de la Provincia los
protocolos sanitarios, el esquema de funcionamiento y los mecanismos de fiscalización de cada una de las actividades que pretenden ser exceptuadas.

Paso 2: El Gobierno de la Provincia de Buenos Aires valida con el Gobierno Nacional caso por caso las propuestas de los intendentes.

Paso 3: En caso de que se considere razonable la solicitud y se autorice la actividad en las condiciones propuestas, el municipio, a través de un acto administrativo a nivel local, autoriza el funcionamiento de las actividades exceptuadas.
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GENERAL JUAN MADARIAGA El Tiempo