El aislamiento social preventivo y obligatorio dispuesto hoy por el presidente Alberto Fernández con el respaldo de los gobernadores de todo el país, incluye las siguientes medidas, que serán publicadas en un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU):
- Rige desde el 20 al 31 de marzo.
- Las personas deberán permanecer en su residencia habitual o en la residencia en que se encuentren hoy a la medianoche.
- Prohíbe libre circulación (controles en rutas y espacios púbicos).
- El aislamiento solo permite desplazamientos mínimos e indispensables (supermercado, farmacia, ferretería, veterinaria, comercio de proximidad).
- Actividades exceptuadas del aislamiento: Salud, Seguridad, Defensa, Migraciones, Bomberos, autoridades superiores del estado, justicia (mínimo), diplomático.
- Personas que asistan a otras personas, comedores escolares, comunitarios y merenderos.
- Servicios de comunicación audiovisual.
- Industrias, alimentación, limpieza, medicamentos, producción agropecuaria, lavandería, petróleo, obra pública.
- Transporte público urbano (larga distancia y cabotaje, no).
- Recolección de residuos, servicios públicos básicos.
- Transporte de carga.
- Estaciones de servicios.
- Servicios postales.
- Cajero automático.
GENERAL JUAN MADARIAGA El Tiempo
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