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‘Muerte digna’. Falleció Marcelo Diez, estaba en estado vegetativo desde 1994

Justicia-autorizo-muerte-digna-Marcelo_CLAIMA20150707_0278_28Veinte años después de sufrir un gravísimo accidente que lo dejó en estado vegetativo y apenas cinco horas después de que la Corte Suprema reconociera el derecho a la muerte digna, Marcelo Diez murió en la clínica Cmic de Neuquén donde estaba desde que había cerrado la Casa de Salud “Amunche Ruca” que lo albergaba.
Como consecuencia de un accidente automovilístico ocurrido el 23 de octubre de 1994, Marcelo Diez sufrió un traumatismo encéfalo-craneano severo, politraumatismos graves y epilepsia post-traumática. En 1995, luego de diversas intervenciones quirúrgicas y tratamientos médicos, se le diagnosticó estado vegetativo persistente.
En el último tiempo, y después de estar un tiempo en su chacra de Plottier, Diez fue llevado a la Casa de Salud de la Asociación de Lucha Neuquina Contra el Cáncer (Luncec) de la tuvo que se mudado hasta la clínica Cmic cuando esta cerró. Allí murió hoy a las 18.15,
Durante años sus hermanas, Andrea y Adriana, lucharon para poder poner un punto final a su vida ya que él mismo les había advertido que jamás permitiría quedar en tal estado en caso de accidente. Una y otra vez pidieron que le apliquen la denominada “muerte digna”.
“Muy pronto el alma de Marcelo será libre. Gracias a todas las personas e instituciones que han ayudado para que se cumpla su deseo de no permanecer vivo en esas condiciones. Nunca más una persona será obligada a vivir sin dignidad y en contra de su voluntad”, expresó su hermana Andrea en Facebook.
Durante el día de hoy la Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó, en virtud de la ley de “Derechos del paciente”, (26.529) que se respete la voluntad de un hombre en estado irreversible, para que se suspendan los procedimientos médicos que prolongan artificialmente su vida. La Corte Suprema confirmó el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Neuquén, que hizo lugar a la petición de las hermanas de Marcelo Diez, que solicitaron la suspensión de los procedimientos médicos que lo mantienen con vida.
La sentencia, que lleva las firmas de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Higton de Nolazco y Calos Maqueda, aclara que no se trata de un caso de eutanasia y enfatizó la importancia de respetar la voluntad del paciente y la necesidad de evitar “judicializaciones innecesarias de decisiones relativas al cese de prácticas médicas”.

fuente sala de prensa

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