La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de La Plata resolvió que Mariana y Tomás Arreche , sobrinos de la esposa de Ricardo Barreda , no podrán ser considerados herederos en el proceso de expropiación de la histórica casona de calle 48 N° 809 , donde ocurrió el cuádruple femicidio.
El tribunal revocó así una decisión previa que, en abril de 2025 , los había incorporado al expediente como parte interesada.
El conflicto se originó cuando Mariana y Tomás Arreche se presentaron en la causa de expropiación y acompañaron documentación relacionada con la sucesión de Gladys Elena Margarita Mac Donald , quien era cotitular registral del inmueble junto con Barreda.
En abril de 2025, el Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 3 de La Plata había aceptado su incorporación al expediente y reconocido sus domicilios.
Pero la Provincia apeló . El Fisco sostuvo que los Arreche no tenían derechos hereditarios sobre Mac Donald y cuestionó que fueran incorporados como interesados en el trámite.
La Cámara terminó aceptando esos argumentos y dejó sin efecto el punto de la resolución que los había incorporado.
Uno de los principales fundamentos del planteo de la Provincia fue una resolución dictada el 4 de julio de 2024 por el Juzgado Civil y Comercial N° 17 de La Plata.
En aquella decisión se había establecido que Emilio Tomás Arreche y Mariana Arreche no eran herederos de Gladys Mac Donald ni de Adriana y Cecilia Barreda , las hijas asesinadas por Barreda.
Según la documentación analizada en el expediente, el vínculo familiar de los Arreche con Mac Donald alcanzaba el quinto y sexto grado de parentesco, por encima del límite legal previsto para la sucesión.
Además, los Arreche habían sido declarados herederos de Elena Arreche , la madre de Gladys Mac Donald y suegra de Barreda. Sin embargo, esa condición no les otorgaba derechos hereditarios sobre Mac Donald.
Los jueces Pablo Muñoz, Gerónimo Arias y María Ventura Martínez consideraron que no existían elementos suficientes para incorporar al proceso de expropiación a personas que no tenían la condición de herederos de la titular del inmueble.
Con esos argumentos, la Cámara hizo lugar al recurso del Fisco bonaerense y revocó el punto 3 de la resolución dictada el 22 de abril de 2025 .
La decisión también estableció que las costas deberán ser afrontadas por la parte vencida.
El proceso de expropiación directa de la casona comenzó en 2013 y todavía no llegó a su resolución definitiva.
Consultado sobre el fallo, Gustavo Rapalini, -socio del estudio que representa a los herederos de las víctimas de Barreda—, explicó que el expediente regresará a primera instancia.
Allí continuará el trámite para que, a 13 años de iniciado el proceso, los herederos legítimos puedan finalmente acceder a la indemnización correspondiente.
Sin embargo, Rapalini advirtió que todavía resta atravesar distintas instancias antes de que esa etapa pueda concretarse.
La propiedad de la calle 48 quedó para siempre asociada a uno de los crímenes más recordados de la historia policial argentina.
El 15 de noviembre de 1992 , Barreda asesinó allí a su esposa Gladys Mac Donald , a su suegra Elena Arreche y a sus hijas Adriana y Cecilia Barreda .
El odontólogo fue condenado a prisión perpetua y pasó sus últimos años en un geriátrico de José C. Paz . Murió el 25 de mayo de 2020 , a los 83 años.
Fuente:
TN
GENERAL JUAN MADARIAGA El Tiempo
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