Un hombre se sometió a una videocolonoscopía de control en un sanatorio privado y terminó con una perforación intestinal que le provocó fuertes dolores, fiebre y una extensa recuperación. Sin embargo, años después, la Justicia rechazó su demanda por mala praxis al considerar que no se pudo demostrar una conducta médica negligente.
El caso ocurrió en noviembre de 2014, cuando el paciente, que actualmente tiene 59 años, ingresó al sanatorio para someterse a una colonoscopía destinada a extraer dos pólipos. El procedimiento finalizó cerca del mediodía y fue dado de alta.
Pocas horas después, alrededor de las 19, regresó al centro médico con fuertes dolores, fiebre alta y palidez. Los médicos detectaron la complicación y decidieron realizarle una cirugía a cielo abierto.
Según sostuvo posteriormente en su demanda, durante el procedimiento había sufrido perforaciones y quemaduras en el intestino, lo que además derivó en una infección abdominal. El hombre debió atravesar varias operaciones y casi un año de tratamientos para reconstruir el tránsito intestinal y controlar las consecuencias de la lesión.
Demandó por mala praxis
Tras su recuperación, el paciente inició una demanda contra los responsables de la atención médica. Argumentó que la perforación no había sido una consecuencia inevitable de la colonoscopía, sino el resultado de una actuación profesional deficiente.
La defensa sostuvo que la perforación intestinal era uno de los riesgos conocidos de este tipo de práctica médica.
La causa fue analizada por la Justicia Civil y Comercial de San Nicolás. Una de las principales pruebas fue una pericia médica realizada por un especialista designado durante el proceso.
El experto determinó que la videocolonoscopía puede generar complicaciones como sangrado y perforación intestinal, incluso cuando el procedimiento se realiza correctamente. Además, quedó establecido que esos riesgos habían sido informados previamente al paciente.
Con esos elementos, el juez de primera instancia consideró que la sola existencia de una perforación no demostraba que hubiera existido mala praxis. Tampoco encontró pruebas de errores profesionales ni de defectos en los equipos utilizados y rechazó la demanda.
La Cámara confirmó el rechazo
El paciente apeló la decisión y cuestionó nuevamente que la lesión pudiera considerarse una complicación propia del procedimiento.
La causa llegó a la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de San Nicolás, que analizó los argumentos de ambas partes.
Los jueces consideraron que el recurso no lograba cuestionar de manera concreta las conclusiones de la pericia médica. También señalaron que el dictamen oficial no había sido objetado mediante argumentos científicos capaces de poner en duda sus conclusiones.
La Cámara destacó que la perforación podía producirse durante una colonoscopía aun cuando la práctica fuera realizada correctamente. Además, indicó que tampoco se había demostrado que los equipos utilizados tuvieran algún defecto técnico.
Por estos motivos, el tribunal confirmó el rechazo de la demanda y resolvió que el paciente deberá afrontar los gastos del juicio.
El fallo estableció que una complicación conocida de una práctica médica no implica, por sí sola, la existencia de mala praxis. Para que exista responsabilidad profesional debe demostrarse una conducta negligente, imperita o un defecto técnico relacionado con el daño, algo que en este caso no pudo ser acreditado.
GENERAL JUAN MADARIAGA El Tiempo
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