
La Cámara del Trabajo de Bariloche hizo lugar a la demanda de un trabajador que había sido despedido tras acumular numerosas sanciones disciplinarias. Si bien los jueces consideraron acreditados varios incumplimientos, concluyeron que la empresa no respetó las formalidades legales al momento de poner fin a la relación laboral.
Según la sentencia, el operario fue apartado de su puesto de trabajo antes de recibir una notificación formal del despido. Recién después le enviaron por WhatsApp una imagen del supuesto telegrama, una secuencia que el tribunal consideró irregular.
De acuerdo con el expediente, el empleado había recibido distintos apercibimientos por incumplir normas internas de la empresa. Entre las faltas acreditadas figuraban:
La empresa sostuvo que esos antecedentes justificaban la ruptura del vínculo laboral.
El punto central del caso no fue la conducta del trabajador, sino la forma en que la empresa ejecutó el despido .
Según la sentencia, publicada por el sitio Mejor Informado , el operario intentó ingresar a la planta y un encargado le comunicó verbalmente que ya no trabajaba en la firma, impidiéndole el acceso. Recién después recibió por WhatsApp una imagen del supuesto telegrama de despido , pero hasta ese momento no había sido notificado formalmente de la desvinculación.
Ante esa situación, el empleado se consideró despedido indirectamente, una figura prevista en la Ley de Contrato de Trabajo cuando el empleador incurre en un incumplimiento que hace imposible la continuidad de la relación laboral.
Los magistrados entendieron que primero impedirle el ingreso y comunicarle verbalmente que estaba despedido, para luego enviarle el supuesto telegrama por WhatsApp , constituyó una actuación contradictoria y contraria al principio de buena fe que debe regir las relaciones laborales.
Como consecuencia del fallo, la firma demandada deberá abonarle al trabajador los siguientes conceptos:
Si bien el tribunal reconoció que el operario había acumulado distintas sanciones disciplinarias, concluyó que la empresa no respetó el procedimiento legal exigido para concretar el despido , por lo que correspondía hacer lugar al reclamo e indemnizar al trabajador.
Fuente:
TN
GENERAL JUAN MADARIAGA El Tiempo
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