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Juicios por la verdad: la herramienta que surgió tras la dictadura para causas prescriptas y su vigencia en casos famosos


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Asesinatos, desapariciones forzadas, torturas y persecuciones encabezan la lista de las graves violaciones de los derechos humanos que caracterizaron a la última dictadura militar en Argentina , que tuvo lugar entre 1976 y 1983. Son los conocidos crímenes de lesa humanidad , cuyos responsables gozaron de impunidad legal durante los años posteriores al proceso debido a los indultos presidenciales y a la sanción de las leyes de obediencia debida y punto final que impedían avanzar con el juzgamiento penal de los represores.

Frente a este escenario desesperanzador, familiares de víctimas y organismos de derechos humanos impulsaron un mecanismo judicial alternativo para poder reconstruir hechos y determinar responsables: los juicios por la verdad , la herramienta que heredó la Justicia de aquella época y que sigue vigente a 50 años del golpe. A diferencia de un juicio tradicional, su objetivo no es imponer una pena .

El mecanismo surgió en la década de 1990 para investigar crímenes de la última dictadura militar. El primero fue impulsado en La Plata, en 1998. Sin embargo, en la actualidad, se puede pedir ante diferentes circunstancias : cuando el paso del tiempo impide una condena criminal efectiva, cuando el o los imputados murieron -lo que extingue la acción penal-, cuando una causa fue archivada o cerrada sin haber logrado esclarecer los hechos, o cuando las pruebas existentes no alcanzan para sostener una acusación, pero sí permiten avanzar en una reconstrucción judicial.

Como ejemplos recientes están las causas por los homicidios de Nora Dalmasso , asesinada en Río Cuarto en 2006, y Diego Fernández Lima , cuyo cuerpo fue hallado en 2025 tras 40 años sin rastros. Si bien en ambos casos la acusación sostiene sus respectivos argumentos para que sí haya una condena penal contra los responsables , el juicio por la verdad siempre resonó como opción por la particularidad de cada uno.

Los dos tienen en común el paso del tiempo: el de Nora Dalmasso fue en 2006 (hace 19 años) y el de Diego Fernández Lima en 1984 (hace 41). Técnicamente, a ambos la prescripción penal les impediría llegar a condenas en un juicio común. Pero esto aún no está firme.

Según la ley argentina, el plazo máximo para que un delito de este estilo prescriba es de 15 años (si tiene pena de reclusión o prisión perpetua). Después, la causa deja de ser perseguible penalmente. Esto significa que, aunque se encuentre al responsable y haya elementos de prueba contundentes, técnicamente no puede ser juzgado ni condenado a prisión por esa causa.

Ante esta situación aparece la figura excepcional del juicio por la verdad , que permite dar un veredicto de culpabilidad. Tanto en los casos de Dalmasso como de Fernández Lima, este se mantiene como la última oportunidad para reconstruir los crímenes. No obstante, mientras tanto, sus familiares y los acusadores esperan a que la Justicia les dé luz verde para avanzar hacia un debate oral tradicional.

A 19 años del crimen de Nora Dalmasso —asesinada en su casa de Río Cuarto, Córdoba, en noviembre de 2006— el fiscal Pablo Jávega dio por finalizada la investigación y pidió que vaya a juicio el último imputado de la causa. Se trata de Roberto Bárzola, el parquetista que trabajaba en la casa de la víctima al momento de la muerte.

Jávega tomó el expediente luego de que el viudo de la mujer, Marcelo Macarrón , fuera absuelto por falta de pruebas en un juicio oral desarrollado en 2022. Los tres fiscales que intervinieron en la investigación hasta ese momento ahora enfrentarán un juicio político por mala praxis.

En 2025, el actual funcionario judicial a cargo del caso hizo una presentación ante la Cámara en lo Criminal y Correccional, donde argumentó que en la investigación inicial se omitieron “evidencias cruciales” y que siempre “hubo elementos que apuntaban a él”.

Así, solicitó que el acusado, que hoy tiene 45 años, sea juzgado de cualquier manera: ya sea en un juicio oral común (si logran revertir la prescripción) o, en su defecto, en un juicio por la verdad, para que la familia pueda saber qué ocurrió la noche del homicidio .

El fiscal acusa a Bárzola de abuso sexual con acceso carnal, seguido de muerte y violación de domicilio, en concurso real . Entre las pruebas está el resultado del análisis de ADN, que resultó compatible con las muestras recolectadas en el cinto de la bata de Nora Dalmasso y con los pelos encontrados en su zona íntima.

Su carta para evitar la prescripción se basa en el derecho de la víctima a ser representada judicialmente por sus herederos, si los tiene. En este caso, son sus hijos , pero el fiscal sostiene que como uno de ellos fue sospechoso al inicio, durante 12 años no pudieron ejercer como querella. Por eso pide que ese tiempo le sea devuelto , evitando así la prescripción y abriendo la puerta de un juicio común.

El caso de Diego Fernández Lima muestra una situación similar. Diego desapareció con 16 años en 1984, y sus restos fueron hallados 41 años después en el jardín de una casa de su barrio de Coghlan .

La acusación apunta como responsable a Cristian Graf , que era su amigo y compañero de colegio, y que vivía en esa casa. Sin embargo, la causa penal está prescripta : para cuando encontraron los restos, ya habían pasado muchos más años de los que la ley permite para investigar y condenar.

En este caso, un juicio por la verdad sería una vía posible para que se esclarezca lo ocurrido. “ Es una posibilidad . Pero vamos a ir hasta el final para que el Clan Graf pague por quitarle la vida a Diego y por arruinarnos la vida a nosotros”, aseguró Javier Fernández Lima a Infobae .

Su abogado, Tomás Brady , explicó al respecto: “Si bien la investigación del homicidio de Diego comparte una gran semejanza con los casos de los juicios por la verdad, por cuanto inicialmente existió una inactividad estatal en la averiguación del paradero de Diego, hasta el momento no hay ningún impedimento declarado formalmente en la causa para que no exista en el futuro una sanción penal para el o los homicidas de Diego”.

Y agregó: “Siempre fuimos muy cautos en señalar que primero hay que investigar y después hacer análisis de la calificación. En nuestro caso, no solo existe un fuerte interés en la familia en conocer qué fue lo que pasó con Diego, sino que la sociedad -a través de distintas manifestaciones públicas en redes sociales y coberturas periodísticas- también pretende saber”.


Fuente: Infobae


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