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MADARIAGA: Pese al desastre ambiental causado por el desborde cloacal, la Justicia no habilitó la feria judicial


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A pesar de la gravedad del nuevo episodio de contaminación cloacal registrado en los últimos días, la Justicia resolvió no habilitar la feria judicial, decisión que generó sorpresa y malestar en el ámbito local. El hecho denunciado por el Municipio de General Madariaga involucra un derrame que traspasó el límite de la Ruta Provincial N° 11, provocando daños ambientales dentro del territorio madariaguense.


Días atrás, el municipio presentó ante el Juzgado interviniente una ampliación de pruebas que dan cuenta de un nuevo evento contaminante, remarcando que no se trata de un hecho aislado, sino de una situación reiterada que pone en riesgo el ambiente, la salud pública y bienes colectivos. En la presentación se subrayó que la persistencia de estos derrames demuestra la urgente necesidad de una tutela judicial efectiva.


Sin embargo, el viernes 9, la Justicia resolvió no habilitar la feria judicial. En la providencia se sostuvo que dicha habilitación es una medida de carácter excepcional, que solo procede cuando se acredita un perjuicio grave o una afectación concreta de derechos constitucionales, aclarando que el mero retraso en el trámite del expediente no resulta suficiente para justificarla.


Cabe recordar que, junto con la denuncia, el Municipio de Madariaga había solicitado la adopción de medidas urgentes contra los codemandados, la Municipalidad de Pinamar y la Cooperativa de Agua y Luz de Pinamar (CALP). Entre los pedidos se incluyó el saneamiento inmediato de la Ruta Provincial N° 11 y de las zonas afectadas, la ejecución de tareas de limpieza, desinfección y remediación ambiental, así como la recomposición provisoria de los suelos dañados, sin perjuicio de una recomposición definitiva al momento de dictarse sentencia.


Asimismo, se solicitó que dichas acciones se lleven adelante bajo la supervisión de organismos técnicos provinciales, con la obligación de informar periódicamente al Juzgado sobre el avance de las tareas, a fin de garantizar condiciones ambientales mínimas compatibles con la protección de la salud y del ambiente.


El planteo del municipio se fundamentó en la Ley Provincial N° 11.723, que regula la protección del ambiente en la Provincia de Buenos Aires, y en los principios de prevención y precaución, aplicables ante el riesgo de un daño grave o irreversible.


Mientras tanto, la situación ambiental denunciada continúa sin una respuesta judicial inmediata, en un contexto que vuelve a poner en debate los límites de la intervención judicial frente a emergencias ambientales que afectan a comunidades enteras.


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GENERAL JUAN MADARIAGA El Tiempo