Un hombre de Mar del Plata descubrió que su cuenta bancaria estaba siendo vaciada mientras observaba los movimientos en tiempo real. Tras denunciar lo ocurrido y señalar la falta de respuestas de la entidad financiera, la Justicia falló a su favor y ordenó el pago de una indemnización millonaria.
La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Mar del Plata confirmó parcialmente un fallo que responsabiliza al banco por no haber cumplido con los protocolos de seguridad necesarios para prevenir las transferencias fraudulentas.
Según consta en la causa, el cliente perdió todos sus fondos luego de una serie de movimientos irregulares que derivaron también en el bloqueo total de su cuenta, lo que le impidió operar con normalidad. Como consecuencia directa de esta situación, incluso se vio afectado un plan de pagos que mantenía con la AFIP.
En su presentación judicial, el damnificado sostuvo que la entidad bancaria no activó los mecanismos de control frente a operaciones claramente sospechosas realizadas a través del home banking. Además de reclamar la devolución del dinero, solicitó una reparación por el daño moral sufrido y la aplicación de una multa por daño punitivo.
Si bien no se logró identificar a los autores de las transferencias, el fallo remarcó que el banco incumplió con su deber de seguridad y también con la obligación de brindar asistencia al cliente, tal como lo establece la Ley de Defensa del Consumidor.
Entre los puntos más importantes que valoró el juzgado se encuentran la ausencia de sistemas eficaces para detectar movimientos inusuales y la falta de programas de capacitación para prevenir estafas y fraudes. También se subrayó la situación de vulnerabilidad del cliente, quien no contaba con los conocimientos técnicos para advertir este tipo de maniobras.
En primera instancia, el Juzgado Civil y Comercial N.º 16 había ordenado en 2024 que el banco indemnice al cliente con una suma total de $4.477.107,86, más intereses y costas.
No conforme con ese monto, el demandante apeló al considerar que el resarcimiento era insuficiente frente a los daños que padeció. De acuerdo con la actualización del fallo, el monto correspondiente al daño moral asciende a $2.500.000, mientras que el daño punitivo fue fijado en $1.977.107,86.
Por su parte, la entidad financiera también apeló la resolución, argumentando que los autores del fraude habrían accedido directamente a las claves personales del cliente sin vulnerar los sistemas de seguridad del banco. Sin embargo, la Justicia sostuvo que la responsabilidad de control y prevención seguía siendo de la entidad.
GENERAL JUAN MADARIAGA El Tiempo

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