Lo que comenzó como un ingreso habitual al homebanking terminó convertido en una de las estafas digitales más importantes denunciadas por una PyME marplatense. En marzo de 2023, la empresa accedió a la web del banco y se encontró con una ventana emergente que imitaba a la perfección la tipología oficial, solicitando clave y número de token. Tras completar los datos, nada parecía fuera de lo común… hasta que horas después el dueño volvió a ingresar a su cuenta.
Al revisar los movimientos, descubrió que se había realizado una transferencia por casi 4,8 millones de pesos, acompañada de retenciones impositivas que dejaron la cuenta en números rojos. Sorprendido, se presentó primero en la sucursal del BBVA y luego en la comisaría cuarta para realizar la denuncia policial.
La visita al banco no arrojó respuestas concretas. El gerente sólo confirmó que se trataba de un “ciberdelito”, y poco después el cliente recibió un correo informándole que su reclamo había sido rechazado. Convencido de haber sido víctima de phishing o pharming, inició una demanda sosteniendo que la responsabilidad recaía sobre la entidad por fallar en su deber de seguridad.
Durante el proceso judicial, la jueza Mariana Tonto analizó peritajes informáticos y contables, intercambios de mails entre el cliente y el banco, reglamentos del Banco Central y la actuación del BBVA antes y después de la estafa. En sus conclusiones, destacó que no pudo comprobarse que la operación hubiera sido validada con el token del cliente, ni que este hubiera entregado voluntariamente sus claves. Tampoco se acreditó la presencia de un virus en su computadora. Para la magistrada, el elevado monto transferido y el hecho de que fuera enviado a una cuenta con la que la PyME no tenía actividad previa debió activar alarmas internas del banco.
La sentencia remarcó, además, que la entidad no actuó con la debida diligencia, ni en la prevención del fraude ni durante la investigación penal. Señaló que el banco no aportó información suficiente sobre la cuenta destino ni sobre las gestiones realizadas para recuperar el dinero, limitándose a alegar imposibilidad de restitución.
En su fallo, la jueza sostuvo que entre la empresa y el banco existía una clara relación de consumo, marcada por la desigualdad técnica entre las partes, y que el BBVA incumplió su obligación de brindar un servicio seguro de homebanking. Sin pruebas que acreditaran culpa del cliente o un hecho externo que eximiera al banco, la magistrada hizo lugar a la demanda.
La entidad fue condenada a pagar $4.795.865,11 más intereses, correspondientes al monto sustraído, y a abonar el equivalente a 15 Canastas Básicas Totales (hogar tipo 3), que al momento del fallo representaban más de $19 millones, además de las costas del proceso.
La resolución marca un precedente importante en materia de responsabilidad bancaria ante ciberestafas, especialmente en operaciones de gran volumen y cuentas sin actividad previa.
GENERAL JUAN MADARIAGA El Tiempo
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