En un fallo considerado inédito para la región, la Justicia Civil de Neuquén condenó a la empresa Mercado Libre por no haber brindado asistencia a un comprador que fue estafado en la compra de una notebook, a través de su plataforma. La compañía de e-commerce deberá indemnizar económicamente al cliente afectado.
El caso se remonta a septiembre de 2023, cuando el denunciante realizó la compra del equipo portátil. Tras pagar el producto y esperar su entrega, recibió en su domicilio una resma de hojas A4.
Frente a la falta de respuesta del vendedor, el comprador presentó el reclamo ante Mercado Libre, pero la empresa no ofreció una solución y el caso terminó en la Justicia neuquina.
Según la sentencia, Mercado Libre alegó que su función es únicamente la de “mero intermediario entre usuarios” y que “no integra la cadena de comercialización del producto”. Sin embargo, la jueza civil María Eliana Reynals rechazó ese argumento y evaluó el caso a la luz de la Ley de Defensa del Consumidor N° 24.240.
“Se encuentra acreditado que el actor adquirió a través de la plataforma de la demandada un bien mueble con destino de uso personal”, señaló la magistrada, y recordó que la empresa debió probar su falta de culpa o la existencia de una causa ajena para eximirse de responsabilidad, cosa que no hizo.
Reynals remarcó que las plataformas digitales generan una “apariencia de seguridad y confianza” basada en la buena fe, lo que induce al consumidor a creer que su compra está protegida.
“Las plataformas de comercio electrónico no pueden ser consideradas meros intermediarios, ya que al diseñar y administrar el ecosistema digital asumen deberes de organización, control, seguridad y trato digno frente a los usuarios”, sostuvo la jueza.
El fallo también destacó que el comprador intentó acceder al programa Compra Protegida, ofrecido por la propia empresa, pero su reclamo fue excluido sin una justificación válida.
“La decisión unilateral de excluir el reclamo del actor del programa Compra Protegida, sin fundamentación suficiente y en abierta contradicción con la publicidad desplegada en su sitio web, constituye un incumplimiento contractual y una infracción a la normativa que impone el deber de brindar información clara y veraz”, sostuvo Reynals.
En consecuencia, la magistrada ordenó que Mercado Libre devuelva el dinero abonado, reconozca los intereses generados y pague una suma equivalente al doble del valor de la notebook, en concepto de daño moral, frustración y pérdida de confianza del consumidor.
La empresa interpuso un recurso de apelación contra la sentencia.


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