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La Anmat prohibiĆ³ la venta de una marca de chicles y una serie de productos de limpieza


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La AdministraciĆ³n Nacional de Medicamentos, Alimentos y TecnologĆ­a MĆ©dica (Anmat) prohibiĆ³ una marca de chicles importados desde Bolivia y una serie de productos de limpieza que se vendĆ­an en la provincia de Santa Fe. AsĆ­ lo comunicĆ³ a travĆ©s de dos resoluciones que fueron publicadas este martes por la madrugada en el BoletĆ­n Oficial.


En primer lugar, la disposiciĆ³n 349/2025 de la Anmat prohibiĆ³ la fabricaciĆ³n, comercializaciĆ³n, publicaciĆ³n y distribuciĆ³n de productos domisanitarios de las marcas “MĆ”ximo Productos de Limpieza”, “Econo” y “Horizonte” en todas sus variantes y presentaciones. Estos productos, que incluyen limpiadores, desinfectantes y aromatizantes, se comercializaban sin estar registrados ante la autoridad sanitaria competente, incumpliendo las normativas establecidas y poniendo en riesgo la seguridad y la salud de los consumidores


El procedimiento incluyĆ³ la denuncia inicial sobre la venta de estos productos sin registro, la consulta de la base de datos de la Anmat para confirmar la falta de autorizaciĆ³n, y la intervenciĆ³n del Programa de Monitoreo y FiscalizaciĆ³n de Publicidad. TambiĆ©n se enviĆ³ notificaciĆ³n a la firma responsable, que reconociĆ³ la comercializaciĆ³n irregular. Debido a la localizaciĆ³n de la empresa en Santa Fe, se comunicĆ³ a la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAL) para coordinar acciones.


La medida se fundamenta en que la falta de registro sanitario impide garantizar la calidad, seguridad y eficacia de los productos, vulnerando normativas como la Ley N° 16.463 y resoluciones ex MS y AS N° 708/98 y N° 709/98. Por ello, y considerando el poder de policĆ­a sanitaria, se tomĆ³ esta acciĆ³n para proteger la salud pĆŗblica, solicitando tambiĆ©n que las autoridades provinciales asuman competencia en el caso.


En segundo lugar, con la DisposiciĆ³n 410/2025, se prohibiĆ³ la venta en el paĆ­s del producto “Chicle Tik Tok” de la marca Jennk. Se trataba de un producto importado desde Bolivia, el cual carecĆ­a de los registros obligatorios ante el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) y el Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA), lo que lo convierte en un producto ilegal segĆŗn la normativa alimentaria vigente.


Se llegĆ³ a este resultado tras la investigaciĆ³n iniciada por la denuncia de un particular ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL), seguida de una investigaciĆ³n que confirmĆ³ la falta de registro e ingreso legal al paĆ­s. Posteriormente, el caso fue notificado en el Sistema de InformaciĆ³n de Vigilancia Alimentaria (SIVA) y se alertĆ³ al Programa de Monitoreo y FiscalizaciĆ³n de Publicidad para evaluar medidas. Tras constatarse la infracciĆ³n a la Ley N° 18284, el Decreto N° 2126/71 y el CĆ³digo Alimentario Argentino, se determinĆ³ la prohibiciĆ³n del producto por no garantizar trazabilidad ni condiciones seguras de elaboraciĆ³n.


La prohibiciĆ³n se tomĆ³ fundamentada en proteger la salud pĆŗblica. Al no cumplir con las normativas de control y calidad, no se puede garantizar la inocuidad del producto. La disposiciĆ³n ordena su exclusiĆ³n del mercado y establece la comunicaciĆ³n a las autoridades correspondientes para asegurar el cumplimiento de la norma.


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