El Grupo Fava deberá devolver más de 400
millones de pesos a clientes de su departamento financiero tras decidir la
Justicia civil de Mar del Plata que había cobrado de manera abusiva una
“comisión por otorgamiento” de préstamos extendidos entre 2014 y 2019.
Si bien el fallo del juez Heber Daniel
Amalfi fue en el mes de noviembre y concedía 60 días a la firma local para
iniciar la devolución los pagos no se hicieron efectivos, por lo que ahora fue
la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial la que lo ordenó sin más
dilaciones.
La demanda había sido interpuesta por la
Asociación de Defensa de Derechos de Usuarios y Consumidores contra Favacard SA
ya que decenas de clientes aseguraban que recibían menos dinero del que habían
solicitado en préstamo. Luego de una extensa investigación se descubrió que
esto se debía a una comisión que la empresa cobraba en la primera cuota bajo el
concepto de “gastos de otorgamiento”, lo que representaba un 3% del crédito.
Ante estas prácticas, la asociación inició
la acción judicial en la que se logró establecer que habían sido otorgados
209.026 créditos entre 2014 y 2019, y que las personas afectadas superaban las
78.000. La gran mayoría de los perjudicados eran de Mar del Plata, pero muchos
también de las ciudades aledañas a las que llega el campo de acción comercial
del Grupo Fava.
Después de una larga batalla legal, el juez
Heber Daniel Amalfi falló a favor de la demanda. En su dictamen, el magistrado
determinó que la financiera marplatense había utilizado una “cláusula abusiva”
y que no pudo demostrar que la comisión por otorgamiento correspondiera a un
servicio real. El juez ordenó que la empresa restituyera a cada uno de los
78.069 clientes afectados todas las sumas que habían sido cobradas por la
comisión por otorgamiento entre el 11 de noviembre de 2014 y el 31 de diciembre
de 2019.
El fallo ordenó que las sumas fueran
devueltas con las cargas impositivas aplicadas, además de los intereses
devengados desde cada percepción y hasta el pago efectivo. El juez Amalfi
concedió un plazo de 60 días para que la empresa cumpliera con la orden
judicial, medida que no fue acatada por el Grupo Fava al entender que como
estaba apelada debía aguardarse a que la Cámara de Apelaciones se expidiera.
Sin embargo, la propia Cámara resolvió que
la demandada tenga que depositar el capital, los intereses y las costas del
proceso de manera anticipada al tratamiento del recurso, aún cuando el fallo
del juez Amalfi no tenga firmeza.

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