El gobierno finalmente avanzó con el “Programa de Compensación
para Pequeños y Medianos Productores de Soja y Maíz”: a través de una
Resolución firmada por el ministro de Economía, Sergio Massa, que se publicará
el lunes en el Boletín Oficial, beneficiará con un aporte de $ 6.500 por
hectárea de soja declarada y de $ 20.000 por hectárea de maíz declarada a los
pequeños y medianos productores que no ingresaron al “Programa Incremento
Exportador”, nombre oficial del “dólar soja” que tuvo vigencia entre el 5 y el
30 de septiembre y le permitió al gobierno recaudar más de $430.000 millones en
concepto de retenciones.
El objetivo del programa es “acompañar el desarrollo y
mejoramiento de las condiciones de este segmento productivo”, señaló la
Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la nación.
Juan José Bahillo, el secretario de la cartera agrícola
resaltó que el fondo de lo recaudado por el Programa Incremento Exportador
“vuelve al campo para beneficiar a los pequeños y medianos productores con un
aporte que representa el 40% de la inversión que deberían realizar en semillas
y fertilizantes, para acompañarlos a aumentar la siembra de la próxima campaña
agrícola en un millón de hectáreas”.
El beneficio a percibir por cada productor de soja y/o maíz
será de hasta $ 6.500 por hectárea de soja declarada y de $ 20.000 por hectárea
de maíz declarada. Además, el Programa podrá destinar hasta $15.000 millones a
los beneficios establecidos, “sujeta a disponibilidad presupuestaria del
Servicio Administrativo Financiero”.
Podrán ser beneficiarios todos aquellos productores de soja
y/o maíz que estén inscriptos en el Sistema de Información Simplificado
Agrícola (SISA), y hayan declarado en el Sistema de Información Simplificado
Agrícola (SISA), hasta el día 30 de septiembre de 2022 inclusive, para la
campaña 2021/2022 una superficie destinada a cultivo de soja de hasta 400
hectáreas, y/o una superficie destinada a cultivo de maíz de hasta 100
hectáreas.
Los productores interesados en recibir el beneficio deberán
tener presentado y en estado “Confirmado” en el Sistema de Información Simplificado
Agrícola (SISA) la información correspondiente a su stock/existencias.
Para acceder al mismo deberán solicitar expresamente el
beneficio en el marco del Programa, autorizar a la AFIP a suministrar a la
Autoridad de Aplicación la información correspondiente; indicar una Clave
Bancaria Uniforme (CBU) a su nombre para que la autoridad de aplicación realice
la transferencia bancaria; informar un correo electrónico a los fines de las
comunicaciones que eventualmente la Autoridad de Aplicación pueda requerir
cursarle en el marco del Programa.
Este último requisito deberá cumplimentarse dentro del plazo
de 15 días hábiles administrativos de publicada Resolución en el Boletín
Oficial (que será el próximo lunes). Transcurrido ese plazo, la Secretaría de
Agricultura, Ganadería y Pesca proporcionará a la AFIP el listado de
productores solicitantes, y la agencia fiscal brindará a la primera el listado
e información correspondiente a cada uno de aquellos que cumpla con los
requisitos establecidos. Luego, según la información proporcionada por la AFIP,
la cartera a cargo de Bahillo aprobará la nómina de beneficiarios y determinará
los beneficios correspondientes.




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