Todo ocurrió el pasado 6
de marzo cuando los condenados entraron por la fuerza al restaurante Figlio de
Jasón 523 y golpearon al propietario que descansaba en el lugar. Franco Agustín
Argañaraz, de 20 años de edad, su hermano Maximiliano Leonardo, de 19 años, y Rosana
Valeria Senese, de 44 años, fueron los identificados por la justicia; según se
informó a CNM en aquel entonces.
Ahora, en una sentencia
reciente dictada por el Dr. Emiliano Lazzari como Juez del Juzgado en lo
Correccional nº 1 Departamental, se condenó a los tres vecinos por los delitos de
daño, lesiones leves, amenaza agravada y violación de domicilio, en concurso
ideal entre sí.
Las partes llegaron a un
acuerdo para la realización de un juicio abreviado en donde reconocieron la
autoría del hecho y, así, pudieron conseguir una condona que los beneficie y
evite que terminen tras las rejas.
El juicio tuvo
características de abreviado, habiendo sido este consensuado por el Fiscal Dr.
Juan Pablo Calderón y el Dr. Luis Vicente como abogado de los imputados,
quienes prestaron conformidad a ello.
Los tres fueron
condenados a un año y seis meses de prisión de ejecución condicional y el
cumplimiento de una serie de obligaciones, entre ellas la prohibición de
acercamiento o contacto con la víctima y continuar el tratamiento psicológico a
fin de canalizar situaciones de violencia; según el fallo al que accedió CNM.
Según la imputación, en
horas de la mañana del 6 de marzo pasado, los hermanos Argañaraz y Rosana
Senese previo romper el vidrio de la puerta de ingreso de un restaurant de
Pinamar, contra la voluntad del dueño ingresaron y lo amenazaron de muerte, le
propinaron un golpe en la cabeza con una pinza metalizada, le arrojaron un
pedazo de vidrio, para luego agredirlo con golpes de puño en todo el cuerpo,
ocasionándole politraumatismo, traumatismo de cráneo, una herida cortante y
otras diversas lesiones.
La policía que acudió al
lugar luego de un llamado al sistema de emergencias 911, consignó que al llegar
encontraron a una persona toda ensangrentada, con heridas cortantes en la
cabeza, el brazo izquierdo y golpes en el cuerpo, quien refirió que no conocía
a los autores del hecho pero describiéndolos en sus vestimentas. Momentos
después los efectivos ubicaron al trio agresor, incautándose en la prenda de
uno de ellos una pinza cromada de unos 25 cm de largo, en la de otro de los
individuos un martillo con mango de madera de unos 35 cm de largo aproximadamente.
Un testigo señaló que el
local no estaba abierto, haber escuchado ruidos como de vidrios rotos en la
parte delantera del negocio, que cuando se dirigió hacia allí había observado
que dos hombres y una mujer habían roto una mesa del restaurant, vasos, platos,
la puerta de ingreso, y habían agredido y lesionado al propietario.
De las cámaras de
seguridad del lugar se obtuvieron imágenes, pudiéndose acreditar así que los
aprehendidos eran responsables del delito flagrante, porque la conducta de
estos no solo había sido debidamente detallada por el damnificado, sino que
también había sido advertida por el vecino que llamó al sistema de emergencias.
El Juez resaltó que sobre
esa conducta recaían varios tipos penales en un solo evento, que los agresores
evidentemente tenían un plan, ir, amenazar y golpear a la víctima, el cual
habían concretado.
Las diferencias entre
ellos habían surgido en otro local en donde la víctima de los golpes sufrió el
hurto del celular y tuvo diferencias con el patovica que luego fue a su local y
lo atacó mientras descansaba.




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