Bajo la disposición 5923/2020, la entidad prohibió la comercialización en todo el territorio nacional del producto aceite extra virgen oliva, marca Sabrooliva, RNPA NĀŗ 130141963, RNE NĀŗ 13000978, de procedencia Mendoza por consignar un RNPA inexistente y un RNE que pertenecĆa a otra razón social, resultando un producto falsamente rotulado y en consecuencia ilegal.
La administración explicó que el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos remite estas actuaciones a la Dirección de Relaciones Institucionales con motivo de "evaluar las medidas a adoptar respecto de su promoción en plataformas de venta en lĆnea y plataformas digitales".Y, por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado no podrĆ”n ser elaborados en ninguna parte del paĆs, ni comercializados ni expendidos en la Argentina.




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