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Sumaron 6 nuevas actividades esenciales exceptuadas de cumplir la cuarentena

El Gobierno amplió este lunes de 24 a 30 las actividades y servicios esenciales cuyos trabajadores están exceptuados de cumplir el aislamiento social, preventivo y obligatorio que rige, en una nueva prórroga, desde el 1 al 17 de julio, y quedaron comprendidas entre ellas los bancos y la obra pública, que fueron suspendidas en el inicio de la cuarentena, el 20 de marzo.

"Las actividades y servicios que se enuncian en este artículo se declaran esenciales y las personas afectadas quedan exceptuadas de cumplir" la cuarentena en las casas, establece el decreto de necesidad y urgencia 576 dictado esta mañana por el presidente Alberto Fernández.

Las actividades esenciales son las siguientes:

1)    Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, Servicio Meteorológico Nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.

2)    Autoridades superiores de los gobiernos nacional, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convocados y convocadas por las respectivas autoridades.

3)    Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.

4)    Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.

5)    Personas que deban asistir a otras con discapacidad, a familiares que necesiten asistencia, a personas mayores, a niños, a niñas o a adolescentes.

6)    Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.

7)    Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.

8)    Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.

9)    Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.

10)    Personal afectado a obra pública.

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GENERAL JUAN MADARIAGA El Tiempo