Es que el escrito conocido a media mañana, el 516/20, sólo establecía límites de apertura de puerta de locales de distintos rubros hasta la medianoche en cada una de las jornadas laborales.
Pero luego se conoció el escrito 537/20 que, además de cancelar actos y reuniones masivas, fija que aquellos comercios o servicios que tengan fila para los clientes deberán disponer de medidas de distancia de, por lo menos, dos metros.
También brinda un permiso tácito a los restaurantes, pizzerías, rotiserías y bares para que puedan realizar envíos a domicilio.
Otro de los puntos destacados solicita limitar el ingreso de clientes a los comercios, colocar alcohol en gel, guantes y barbijos a disposición de los clientes, higienizar cada una hora las barandas y todo elemento utilizado por el público.
También se decreta que deberán disponer de un horario exclusivo para la concurrencia de la población considerada dentro de los grupos de riesgo




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