La justicia de Dolores decidió en las últimas horas condenar
Damián Alberto Lencina un patovica del boliche Boutique- a la pena de ocho
meses de prisión de ejecución condicional por haber atacado a golpes a un grupo
de jóvenes en la puerta del local bailable en enero de 2023. Además, durante
dos años el hombre con domicilio en Lanús deberá cumplir con reglas de
conducta, entre ellas la “prohibición de mantener todo tipo de contacto y/o
acercamiento con las víctimas y sus respectivos grupos familiares”.
El empleado de seguridad en ese verano a Nicolás y Matías
quienes formaban parte de un grupo de amigos procedentes de Quilmes. Ellos
denunciaron que luego de haber pasado un primer vallado recibieron golpes sin
mediar palabra y que algunos fueron propinados con un Handy que el condenado
tenía en sus manos.
La resolución fue consensuada entre el Fiscal Dr. Walter
Mercuri y el Defensor Particular Dr. Juan Francisco Caraccio. En este sentido
se dio por probado que Lencina usó el Handy para pegar en la cabeza de los dos jóvenes
provocando hematomas y un corte a uno de ellos.
En la denuncia formulada por el padre de uno de los jóvenes
en la Estación de Policía Comunal de Pinamar se señaló, que había sido alertado
que una ambulancia había trasladado a su hijo al Hospital local porque un
“patovica” de seguridad lo había atacado.
Uno de los jóvenes que integraba el grupo dijo a las
autoridades policiales que el señalado “patovica” no los dejaba ingresar, que
cuando le manifestaron que si no los dejaba entrar le devolvieran el dinero de
la entrada los había comenzado a golpear de manera violenta.
Uno de esos jóvenes victimas relató las circunstancias de lo
sucedido, y dijo que si a ellos les devolvían el dinero de la entrada con mucho
gusto se retiraban. Que uno de los “patovica” desde atrás y muy bruscamente
había comenzado a golpearlo con un Handy en la cabeza mientras que otros dos o
tres lo sostenían, inmovilizándolo, tirándolo al piso.,
En la investigación otros jóvenes reiteraron los pormenores
de los hechos, siendo contestes con lo declarado por los dos que resultaron
heridos.
La empresa a cargo de la explotación comercial del boliche
bailable aportó las imágenes de las cámaras de seguridad, a partir de lo cual
se pudo identificar al empleado de seguridad que había sido agresor, como
también la secuencia de lo sucedido.
El Juez al resolver analizó los informes médicos
incorporados al expediente, y en cuanto a la diferencias sobre el carácter de
las lesiones respecto de los damnificados, señaló que los elementos de prueba
agregados a la causa, especialmente los informes médicos efectuados respecto de
uno de ellos, “no permitía de ninguna manera agravar la figura básica de
lesiones”.
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