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La ANMAT prohibiĆ³ un dulce de leche falsificado de la marca Havanna

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La AdministraciĆ³n Nacional de Medicamentos, Alimentos y TecnologĆ­a MĆ©dica (Anmat) prohibiĆ³ “la elaboraciĆ³n, fraccionamiento y comercializaciĆ³n en todo el territorio nacional del producto falsificado en cuyo rĆ³tulo luce: ‘Dulce de leche libre de gluten marca Havanna, RNPA NĀŗ 02-514559, RPE NĀŗ 02-030322, Insc SENASA 84-04510, presentaciĆ³n: envase de cartĆ³n, en cuya tapa posee un sello con la identificaciĆ³n Riviere e Hijos S.A., Ind. Arg. PAMS 02-349454′”.

El dulce de leche en cuestiĆ³n se trata de un producto falsificado “por carecer de registros y por estar falsamente rotulado al consignar en su rĆ³tulo un registro de producto inexistente y por consignar el logo de Alimento Libre de Gluten con la leyenda ‘SIN TACC’, resultando ser en consecuencia productos ilegales”.

CĆ³mo identificar el dulce de leche Havanna falsificado

En la DisposiciĆ³n 1037/2022 Anmat adjuntĆ³ fotos del pote de dulce de leche, envasado en pote de cartĆ³n y utiliza una etiqueta con el tradicional logo de Havanna con letras rojas y fondo amarillo.

“El producto falsificado se identifica con una versiĆ³n de rĆ³tulo anterior al que se utiliza actualmente, ya que el envase en pote de cartĆ³n no se utiliza desde febrero de 2020; en cuanto al rĆ³tulo, es de papel y se desgarra, mientras que las que utiliza la firma Havanna SA son de polipropileno”. 

SegĆŗn el texto publicado en el BoletĆ­n Oficial, el producto tampoco respeta la nomenclatura que utiliza la firma y el correo electrĆ³nico de atenciĆ³n al cliente: el dulce de leche falsificado tiene customerserv@havanna.com.ar cuando la direcciĆ³n y la real es sac@havanna.com.ar.

La denuncia por el dulce de leche

La investigaciĆ³n iniciĆ³ a partir de “una denuncia del legĆ­timo elaborador” recibida en la DirecciĆ³n de Industrias y Productos Alimenticios (DIPA) de la provincia de Buenos Aires: “El denunciante tomĆ³ conocimiento a travĆ©s de consumidores que en al menos cuatro comercios de una feria de la ciudad de IguazĆŗ de la Provincia de Misiones detectaron la venta de potes de cartĆ³n con aparentes caracterĆ­sticas normales de identificaciĆ³n, envasado y rotulaciĆ³n, e indica, que el producto investigado no es de elaboraciĆ³n ni propiedad de la firma Havanna SA”.

Tras la denuncia, la DirecciĆ³n de Saneamiento Ambiental de la provincia de Misiones realizĆ³ una inspecciĆ³n en un local de una feria de la localidad de IguazĆŗ, donde verificĆ³ la comercializaciĆ³n del producto en presentaciones de 500 y 1000 gramos, e intervino todas las unidades en stock.

“El producto se halla en infracciĆ³n al artĆ­culo 3° de la Ley 18284, el artĆ­culo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y los artĆ­culos 6 bis, 13, 1383 bis y 155 del CĆ³digo Alimentario Argentino (CAA), por ser un producto falsificado, por carecer de registros y por estar falsamente rotulado al consignar en su rĆ³tulo un registro de producto inexistente y por consignar el logo de Alimento Libre de Gluten con la leyenda ‘SIN TACC’, resultando ser un producto ilegal”, resolviĆ³.

Aceite de girasol prohibido

A travĆ©s de la DisposiciĆ³n 1036/2022, la Anmat prohibiĆ³ “la elaboraciĆ³n, fraccionamiento y comercializaciĆ³n en todo el territorio nacional del producto: “Aceite comestible, marca “Gira-sol”, RNE 20-041081 - RNPA EX-2020-15273133, Industria Argentina” por carecer de registros sanitarios, consignar un RNE inexistente y un RNPA correspondiente a otra marca y razĆ³n social, resultando asĆ­, ser productos falsamente rotulados y por lo tanto ilegales”.

La investigaciĆ³n comenzĆ³ cuando en un monitoreo realizado por la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (Assal) encontraron que los aceites “no cumplirĆ­an la normativa alimentaria vigente”.

La Assal remitiĆ³ la informaciĆ³n a la autoridad sanitaria de la provincia de Santa Cruz e “informĆ³ que los registros son inexistentes y que en esa provincia no hay establecimientos habilitados para la elaboraciĆ³n de aceites comestibles”.

“Por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrĆ”n ser elaborados en ninguna parte del paĆ­s, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la RepĆŗblica”, establece la disposiciĆ³n.



 


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