Este sábado los comercios que venden bebidas alcohólicas solo podrán hacerlo hasta las 20, restricción que se extenderá hasta las 21 del domingo, tres horas después de cerradas las mesas de votación.
Durante
este tiempo establecido por la Justicia Electoral, los locales dedicados a la
venta de alcohol deberán permanecer cerrados y, de romper esta disposición,
pueden recibir una pena de prisión de entre quince días a seis meses. En los
grandes supermercados, en ese lapso deberán estar inhabilitadas y encintadas
todas las góndolas de dichos productos.
Durante la
jornada de votación de las elecciones PASO el secretario de la Cámara Nacional
Electoral, Sebastián Schimmel, explicó los orígenes de esta ley. "Tiene
que ver con la idiosincrasia de la sociedad. Durante muchos años tuvimos
prácticas vinculadas con el acarreo de grupos de votantes, punteros reteniendo
DNI. Y muchas de esas prácticas estaban vinculadas con el expendio o el
suministro de bebidas alcohólicas. La ley busca prevenir esto”, advirtió.
Las otras actividades restringidas por la veda
El artículo
71 del Código Nacional Electoral detalla las diversas prohibiciones. Su plazo
se extiende hasta las 21 horas del domingo 14 de noviembre, tres horas después
de cerrados los comicios, que comenzarán a las 8 de la mañana. Se aplican tanto
a candidatos y a los votantes, e incluyen:
* Realizar
actos públicos de campaña y proselitismo electoral;
* Ofrecer o
entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta
metros de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o
camino;
* Publicar
y difundir encuestas o sondeos preelectorales;
*
Espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados y toda clase de
reuniones públicas que no se refieran al acto electoral;
*
Prohibición de portar armas;
* Desde el
viernes y durante el día de la votación estará prohibido portar banderas,
distintivos o insignias partidarias.




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